Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-176)
BOP-2025-176 Bases para la Convocatoria de Pruebas Selectivas para la cobertura del puesto de trabajo de Director/a de la Oficina de Desarrollo Urbano y Ciudad Histórica, reservado a Personal Directivo.
<< 11 << Página 11
Página 12 Pág. 12
-
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Página 11 de 11
8.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar los documentos a que se
refiere el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
NOVENA. INCOMPATIBILIDADES
El personal directivo estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas.
DÉCIMA. RECURSOS.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, las personas
interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el
mismo órgano administrativo que la dictó, en el plazo de UN MES a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o bien, formular
directamente recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de DOS MESES, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, recurso este último que no podrá
interponerse hasta que sea resuelto, en su caso, expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto; todo ello de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124, de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la propia Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y demás
disposiciones en vigor; sin perjuicio de que puede interponer cuantos recursos estimen
convenientes en defensa de sus derechos.
CVE:
BOP-2025-176
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de enero de 2025
N.º 0010
Pág. 904