Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-175)
BOP-2025-175 Bases para la selección de personal docente como funcionarios/as interinos/as por programas para acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales dirigidas a las personas trabajadoras. Línea III. Convocatoria 2023.
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solo presentará, junto a la solicitud, el documento que acredite la puntuación de los méritos
obtenidos como docente acreditado/a en el “Fichero de Expertos del Sexpe.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en las que los/as
aspirantes deberán consignar nombre y apellidos, domicilio, teléfono y número del
Documento Nacional de Identidad y manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos en la base cuarta de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del
plazo señalado para la presentación de las mismas, se dirigirán a la Ilmo. Sr. Alcalde
Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres y se presentarán:
 En el Registro General o Auxiliares de este, en horario de 09:00 a 14:00 horas.
 En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres: https://sede.caceres.es.
 Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el
propio Registro Electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es
El plazo será de cinco hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de
publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.
El modelo de solicitud será el 105, a disposición de las personas interesadas en la
Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres (https://sede.caceres.es/) y en el
Anexo I y II de las presentes bases.
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será
rechazada y no será valorada. Igualmente, no se evaluará ninguna documentación que no
haya sido presentada junto con la solicitud, a no ser que sea requerida al candidato.
Derechos de Examen.
Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad prevista en la Ordenanza Fiscal
que ascienden a 29 EUROS para Grupo A2, serán satisfechos por los/las aspirantes con
motivo de la presentación de su instancia, a través de la siguiente cuenta bancaria de la cual
es titular el Ayuntamiento de Cáceres. Entidad: ABANCA, Cuenta Nº: ES39 2080 3580 9030
4002 0126, especificándose: Derechos de Examen; Nombre, Apellidos, DNI y la convocatoria
y plaza por la que se opta.
Una copia del documento justificativo del pago de los derechos de examen deberá
acompañarse a la instancia de solicitud de participación en el proceso selectivo. En ningún
caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del
trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.
Los derechos de examen sólo serán devueltos en el caso de no ser admitidas/os al
proceso selectivo previa solicitud de las personas interesadas.
Será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen.
Beneficios fiscales.
Las personas aspirantes podrán acogerse a los beneficios fiscales, que seguidamente
CVE:
BOP-2025-175
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de enero de 2025
N.º 0010
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