Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2025-173)
BOP-2025-173 Bases para la adjudicación de puestos de venta ambulante en el mercadillo de Semana Santa en el Paseo de Cánovas.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
3. Acreditar documentalmente estar adherido a un sistema de resolución de conflictos en
materia de consumo (mediación o arbitraje) para resolver las reclamaciones que puedan
presentar los consumidores. Puntuación: 5 puntos.
4. Experiencia o antigüedad en el ejercicio de la venta ambulante acreditada con certificado de
buena ejecución, máximo 25 puntos. Puntuación: Por cada mes de experiencia 0,2 puntos.
Las adjudicaciones de los puestos se harán de conformidad con las solicitudes y el resultado
de las valoraciones. En caso de concurrencia de varias solicitudes en un mismo puesto, éste se
adjudicará conforme a los criterios de valoración. En el supuesto de empate, se dará
preferencia al criterio de formación, y de persistir el mismo, se resolverá por el método del
sorteo.
Una vez realizadas las valoraciones, se aprobará una lista provisional de adjudicatarios y se
abrirá un plazo de 10 días para reclamaciones; resueltas éstas se procederá a su aprobación
definitiva. Si se presentasen un número de solicitudes superior al número de puestos
disponibles se podrá establecer una lista de reserva.
SEXTA. PLAZO DE LA AUTORIZACION.
La autorización será otorgada a título personal, por plazo inicial de siete años, debiendo ejercer
la actividad comercial la persona titular de la misma. En el caso de que la titular sea persona
jurídica, la actividad comercial se desempeñará por las personas físicas que haya indicado el o
la representante legal de la misma como titular y suplente, los cuales constarán,
obligatoriamente, en la correspondiente autorización municipal. No obstante, en caso de que la
persona titular sea persona física, podrán hacer uso de la autorización, de forma ocasional y
por causa debidamente justificada, los familiares de la misma para que le asistan en el ejercicio
de su actividad, debiendo cumplir la normativa laboral de aplicación y que deberán constar,
necesariamente, en la correspondiente autorización municipal.
SÉPTIMA. TASAS.
El uso de los puestos del Mercadillo estará sujeto a la tasa correspondiente por ocupación de
vía pública establecida en la correspondiente Ordenanza Fiscal.
OCTAVA. PUBLICACIÓN.
Aprobadas las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Cáceres. Se podrán consultar en la web municipal:
CVE:
BOP-2025-173
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de enero de 2025
N.º 0010
Pág. 873
materia de consumo (mediación o arbitraje) para resolver las reclamaciones que puedan
presentar los consumidores. Puntuación: 5 puntos.
4. Experiencia o antigüedad en el ejercicio de la venta ambulante acreditada con certificado de
buena ejecución, máximo 25 puntos. Puntuación: Por cada mes de experiencia 0,2 puntos.
Las adjudicaciones de los puestos se harán de conformidad con las solicitudes y el resultado
de las valoraciones. En caso de concurrencia de varias solicitudes en un mismo puesto, éste se
adjudicará conforme a los criterios de valoración. En el supuesto de empate, se dará
preferencia al criterio de formación, y de persistir el mismo, se resolverá por el método del
sorteo.
Una vez realizadas las valoraciones, se aprobará una lista provisional de adjudicatarios y se
abrirá un plazo de 10 días para reclamaciones; resueltas éstas se procederá a su aprobación
definitiva. Si se presentasen un número de solicitudes superior al número de puestos
disponibles se podrá establecer una lista de reserva.
SEXTA. PLAZO DE LA AUTORIZACION.
La autorización será otorgada a título personal, por plazo inicial de siete años, debiendo ejercer
la actividad comercial la persona titular de la misma. En el caso de que la titular sea persona
jurídica, la actividad comercial se desempeñará por las personas físicas que haya indicado el o
la representante legal de la misma como titular y suplente, los cuales constarán,
obligatoriamente, en la correspondiente autorización municipal. No obstante, en caso de que la
persona titular sea persona física, podrán hacer uso de la autorización, de forma ocasional y
por causa debidamente justificada, los familiares de la misma para que le asistan en el ejercicio
de su actividad, debiendo cumplir la normativa laboral de aplicación y que deberán constar,
necesariamente, en la correspondiente autorización municipal.
SÉPTIMA. TASAS.
El uso de los puestos del Mercadillo estará sujeto a la tasa correspondiente por ocupación de
vía pública establecida en la correspondiente Ordenanza Fiscal.
OCTAVA. PUBLICACIÓN.
Aprobadas las bases, se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Cáceres. Se podrán consultar en la web municipal:
CVE:
BOP-2025-173
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 16 de enero de 2025
N.º 0010
Pág. 873