Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almaraz. (BOP-2025-151)
BOP-2025-151 Reglamento de Régimen Interno de la Escuela Profesional Dual de Empleo de Extremadura "VALDEOBISPO."
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Hacer cuantas sugerencias estime oportunas para la mejor consecución de los
objetivos del programa.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre.
7.2.3. Asamblea General del Alumnado.
Es el órgano propio de participación del alumnado en el funcionamiento del proyecto. A través de
la Asamblea, los alumnos eligen a su delegado y subdelegado, que actúan como representantes del
alumnado en la Comisión de Convivencia y en las reuniones del Claustro de Profesores en las que
sean requeridos.
El delegado/a de taller es elegido mediante votación por la totalidad del alumnado. Por mayoría del
alumnado del taller o del proyecto, en su caso, puede ser destituido de su cargo.
Funciones del delegado:
Representar a sus compañeros en las reuniones a las que asista (Claustro y/o
Comisión de Convivencia u otras).
Asistir a las reuniones a las que se convoque.
Elaborar y redactar propuestas para el equipo técnico por iniciativa propia o a
petición de sus compañeros.
Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo técnico los posibles
problemas que se generen en el desarrollo de la Escuela.
La Asamblea se reúne, en sesión ordinaria, una vez al menos cada trimestre, y en sesión
extraordinaria cuando así lo solicite un mínimo de 7 alumnos ante el delegado elegido.
La organización operativa del programa responderá a la distribución de funciones del personal que
compone cada proyecto.
Artículo 8. Normas generales.
1. Justificación documental de ausencia del programa.
El alumnado en la primera etapa y el alumno-trabajador en la segunda etapa, no podrá
ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado, debiendo justificar toda ausencia a la
Escuela con los documentos pertinentes.
Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia le impida reincorporarse al
programa con normalidad después de la consulta, el facultativo debe hacer constar el día/s
que debe permanecer en reposo. De no ser así, se considerará que puede volver al
programa tras la consulta. (no podrán ser más de tres días de reposo en la segunda etapa del
proyecto).
En el caso de tener que prolongar la ausencia al trabajo (segunda etapa) por motivo médico
se solicitará al facultativo la baja médica correspondiente debiendo comunicar dicha baja
en el mismo día en que se produzca.
En el caso de saber con antelación que se va a faltar, se debe comunicar al personal técnico
de la Escuela y además aportar el justificante correspondiente.
Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el periodo de
tiempo justificado, no debe transcurrir demasiado tiempo hasta su incorporación a las
actividades del programa, en caso de dilatar este periodo de forma injustificada podrá ser
motivo de sanción.
La fecha tope para entregar los justificantes será siempre de tres días después de que se
produzca.
2. Está totalmente prohibido fumar en ninguna de las instalaciones del centro. Para ello, se
habilitarán los espacios correspondientes. Serán los usuarios de estos espacios los encargados/as de
8
Cód.
Validación:
AWFY7KP5X6LT2Q5PGWJ3FFSQP
Verificación:
https://almaraz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
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BOP-2025-151
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 15 de enero de 2025
N.º 0009
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objetivos del programa.
La Comisión se reunirá con carácter ordinario, al menos, una vez al trimestre.
7.2.3. Asamblea General del Alumnado.
Es el órgano propio de participación del alumnado en el funcionamiento del proyecto. A través de
la Asamblea, los alumnos eligen a su delegado y subdelegado, que actúan como representantes del
alumnado en la Comisión de Convivencia y en las reuniones del Claustro de Profesores en las que
sean requeridos.
El delegado/a de taller es elegido mediante votación por la totalidad del alumnado. Por mayoría del
alumnado del taller o del proyecto, en su caso, puede ser destituido de su cargo.
Funciones del delegado:
Representar a sus compañeros en las reuniones a las que asista (Claustro y/o
Comisión de Convivencia u otras).
Asistir a las reuniones a las que se convoque.
Elaborar y redactar propuestas para el equipo técnico por iniciativa propia o a
petición de sus compañeros.
Comunicar a la dirección y/o a los miembros del equipo técnico los posibles
problemas que se generen en el desarrollo de la Escuela.
La Asamblea se reúne, en sesión ordinaria, una vez al menos cada trimestre, y en sesión
extraordinaria cuando así lo solicite un mínimo de 7 alumnos ante el delegado elegido.
La organización operativa del programa responderá a la distribución de funciones del personal que
compone cada proyecto.
Artículo 8. Normas generales.
1. Justificación documental de ausencia del programa.
El alumnado en la primera etapa y el alumno-trabajador en la segunda etapa, no podrá
ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado, debiendo justificar toda ausencia a la
Escuela con los documentos pertinentes.
Cuando se trate de un justificante médico y la dolencia le impida reincorporarse al
programa con normalidad después de la consulta, el facultativo debe hacer constar el día/s
que debe permanecer en reposo. De no ser así, se considerará que puede volver al
programa tras la consulta. (no podrán ser más de tres días de reposo en la segunda etapa del
proyecto).
En el caso de tener que prolongar la ausencia al trabajo (segunda etapa) por motivo médico
se solicitará al facultativo la baja médica correspondiente debiendo comunicar dicha baja
en el mismo día en que se produzca.
En el caso de saber con antelación que se va a faltar, se debe comunicar al personal técnico
de la Escuela y además aportar el justificante correspondiente.
Cuando se aporte justificante de ausencia donde se establezca claramente el periodo de
tiempo justificado, no debe transcurrir demasiado tiempo hasta su incorporación a las
actividades del programa, en caso de dilatar este periodo de forma injustificada podrá ser
motivo de sanción.
La fecha tope para entregar los justificantes será siempre de tres días después de que se
produzca.
2. Está totalmente prohibido fumar en ninguna de las instalaciones del centro. Para ello, se
habilitarán los espacios correspondientes. Serán los usuarios de estos espacios los encargados/as de
8
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Miércoles, 15 de enero de 2025
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