Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-94)
BOP-2025-94 Bases de la convocatoria para la provisión de 73 plazas de Conductores/as-Bomberos/as mediante concurso oposición libre.
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
5.1. El Tribunal calificador encargado de la selección tendrá la categoría establecida en
el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y estará constituido en la forma
que se determina en los artículos 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, 60 del
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y 97 de la Ley 13/2015,
de 8 de abril, de la Función Pública de Extremadura, en los términos de la disposición
reguladora de la Administración Provincial. quedando formados por los titulares que a
continuación se indican y sus correspondientes suplentes, en los términos de la
disposición reguladora de la Administración Provincial.
Presidente:
Un/a empleado/a público/a, designado/a por la Presidencia de la Corporación u órgano en
quien delegue, y su correspondiente suplente.
Vocales:
1. Un/a empleado/a público/a, designado mediante sorteo por otra Administración
Pública entre los que designe por sorteo los vocales y su correspondiente suplente.
2. Dos empleados/as públicos/as, de la Corporación Provincial o de sus Organismos
Autónomos de similar Área funcional y sus correspondientes suplentes, por sorteo
en la forma prevista en el Reglamento regulador de la Administración Provincial.
Secretario/a:
Un/a empleado/a público/a de la Corporación, que tendrá voz y voto, y su
correspondiente suplente.
Los Tribunales de selección serán designados por Resolución Presidencial u
órgano en quien delegue de la Diputación Provincial de Cáceres en la que se concretará
las personas integrantes de los Tribunales.
En ningún caso pueden formar parte de los órganos de selección aquellos que se
determinen en la disposición reguladora de la Administración Provincial.
En el supuesto de especialidades donde no haya suficientes empleados públicos
de la Diputación Provincial de Cáceres se podrá acudir a empleados públicos de otras
Administraciones Públicas.
Todos los miembros del Tribunal deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida
para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios de carrera o personal laboral
fijo. Asimismo, el Tribunal no podrá estar formado mayoritariamente por funcionarios o
personal laboral fijo pertenecientes al mismo Cuerpo o Escala objeto de la selección.
La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse
ésta en representación o por cuenta de nadie. El órgano de selección deberá ajustarse a
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CVE:
BOP-2025-94
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de enero de 2025
N.º 0007
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