Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-94)
BOP-2025-94 Bases de la convocatoria para la provisión de 73 plazas de Conductores/as-Bomberos/as mediante concurso oposición libre.
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura. Además, un convenio de
colaboración regula la coordinación de competencias en materia de incendios de
campo en la provincia de Cáceres, diferenciando los terrenos asignados a cada
administración en base al artículo 230.2 de la Ley 6/2015 Agraria de Extremadura.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en
Administraciones Públicas, mediante certificación expedida por el responsable de la
unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar
la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en
cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera
que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los
decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de
jornada por alguna de las causas legalmente previstas serán valorados como servicios
prestados en régimen de jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados con la consiguiente reducción.
C. Formación: Máximo de 12 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos en los últimos cinco años,
cuyo contenido, a juicio del Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones
propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por Diputación de Cáceres o por otras Administraciones Públicas u Organismos y
Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas (IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones
Públicas), o Universidades públicas. En este contexto, tienen consideración de
administraciones públicas todas aquellas identificadas según Artículo 2.3 de la Ley
39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
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CVE:
BOP-2025-94
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de enero de 2025
N.º 0007
Pág. 299
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura. Además, un convenio de
colaboración regula la coordinación de competencias en materia de incendios de
campo en la provincia de Cáceres, diferenciando los terrenos asignados a cada
administración en base al artículo 230.2 de la Ley 6/2015 Agraria de Extremadura.
Los méritos de experiencia se acreditarán para los servicios prestados en
Administraciones Públicas, mediante certificación expedida por el responsable de la
unidad administrativa en la que hubiera prestados sus servicios, en la cual deberá constar
la siguiente información:
- Puesto y funciones realizadas.
-Tipo de vínculo (fijo, temporal, indefinido no fijo de plantilla, formación).
- Régimen jurídico de vinculación (laboral, funcionario, estatutario).
- Fecha de inicio y de fin de cada una de las vinculaciones.
- Total de días de vinculación y régimen de jornada (completa, tiempo parcial).
El cómputo de los servicios prestados se efectuará por meses. Para eso, se calculará en
cada apartado del baremo el número total de días y se dividirá entre 30, de tal manera
que lo que se valorará en cada punto será el cociente entero, despreciándose los
decimales.
Los servicios prestados durante el período en el que se disfrute de una reducción de
jornada por alguna de las causas legalmente previstas serán valorados como servicios
prestados en régimen de jornada completa.
Los servicios prestados por el personal específicamente nombrado a tiempo parcial serán
valorados con la consiguiente reducción.
C. Formación: Máximo de 12 puntos.
Se valorarán los cursos de formación, recibidos o impartidos en los últimos cinco años,
cuyo contenido, a juicio del Tribunal, esté directamente relacionado con las funciones
propias del cuerpo, escala y subescala o categoría profesional a la que se opta que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración
Pública, por Diputación de Cáceres o por otras Administraciones Públicas u Organismos y
Organizaciones dependientes de ellas, o por organizaciones sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el empleo de las
Administraciones Públicas (IV Acuerdo de Formación Continua en las Administraciones
Públicas), o Universidades públicas. En este contexto, tienen consideración de
administraciones públicas todas aquellas identificadas según Artículo 2.3 de la Ley
39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o
acción formativa cuando sean varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su
contenido.
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BOP-2025-94
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de enero de 2025
N.º 0007
Pág. 299