Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2025-94)
BOP-2025-94 Bases de la convocatoria para la provisión de 73 plazas de Conductores/as-Bomberos/as mediante concurso oposición libre.
46 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AREA DE PERSONAL, GESTION DE
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante, cuando la
duración de las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5
horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten
claramente los días concretos de celebración del curso. Asimismo, no se valorarán los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas,
seminarios, simposios y similares.
Se acreditará tal mérito, bien mediante:
Copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que
convocó e impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación
para el empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del
curso, y número de créditos y/o horas asignados.
O mediante copia del diploma en el que conste, además de la información anterior
el logotipo de la Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase
que está acogido al Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones
Públicas.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
a) Por asistir a cursos o actividades formativas directamente relacionadas con la plaza de
Conductor Bombero:
Actividades formativas realizados de menos de 10horas: 0,20 puntos por
actividad formativa.
Se valorarán con 0,30 puntos cada crédito de cada una de las demás
actividades formativas presentados por los aspirantes.
Estableciéndose la equivalencia de 1 crédito igual a 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas no se
valorarán.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos.
b) Por impartir cursos o actividades formativas directamente relacionadas con la
plaza de Conductor Bombero:
Actividades formativas de menos de 10 horas: 0,30 puntos por curso.
Se valorarán con 0,50 puntos cada crédito de cada una de las demás
actividades formativas impartidos por los aspirantes.
Estableciéndose la equivalencia de 1 crédito igual a 10 horas.
15
CVE:
BOP-2025-94
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de enero de 2025
N.º 0007
Pág. 300
RRHH, SEPEI Y PREVENCION DE RRLL
La formación deberá ser acreditada en horas y/o créditos. No obstante, cuando la
duración de las actividades formativas venga determinada en días, el Tribunal valorará 5
horas por día, de acuerdo con criterios de proporcionalidad y siempre que se acrediten
claramente los días concretos de celebración del curso. Asimismo, no se valorarán los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos, las prácticas, colaboraciones o tutorías, y los diplomas relativos a jornadas,
seminarios, simposios y similares.
Se acreditará tal mérito, bien mediante:
Copia del certificado del curso en el que conste el organismo o la entidad que
convocó e impartió dicha actividad formativa, que está acogido al Acuerdo de Formación
para el empleo de las Administraciones Públicas, las fechas de realización, contenido del
curso, y número de créditos y/o horas asignados.
O mediante copia del diploma en el que conste, además de la información anterior
el logotipo de la Comisión de Formación Continuada, en el supuesto de que no constase
que está acogido al Acuerdo de Formación para el empleo de las Administraciones
Públicas.
Ello, no obstante, el órgano de selección se reserva el derecho de poder exigir al aspirante cualquier
documentación complementaria.
La valoración se realizará de acuerdo con el siguiente baremo:
a) Por asistir a cursos o actividades formativas directamente relacionadas con la plaza de
Conductor Bombero:
Actividades formativas realizados de menos de 10horas: 0,20 puntos por
actividad formativa.
Se valorarán con 0,30 puntos cada crédito de cada una de las demás
actividades formativas presentados por los aspirantes.
Estableciéndose la equivalencia de 1 crédito igual a 10 horas.
Aquellas actividades formativas que no especifiquen número de horas no se
valorarán.
La formación se acreditará mediante diplomas o certificados originales o copia de los
mismos.
b) Por impartir cursos o actividades formativas directamente relacionadas con la
plaza de Conductor Bombero:
Actividades formativas de menos de 10 horas: 0,30 puntos por curso.
Se valorarán con 0,50 puntos cada crédito de cada una de las demás
actividades formativas impartidos por los aspirantes.
Estableciéndose la equivalencia de 1 crédito igual a 10 horas.
15
CVE:
BOP-2025-94
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 13 de enero de 2025
N.º 0007
Pág. 300