Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alcuéscar. (BOP-2024-6848)
BOP-2024-6848 Aprobación definitiva plan estratégico de subvenciones 2025-2027.
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ARTÍCULO 2.
Es Misión del Plan Estratégico de subvenciones: Impulsar, promover y potenciar la
participación de la sociedad civil estructurada de nuestro municipio, en los distintos ámbitos de
gestión municipal de interés concurrente.
Promocionar la inclusión social de los individuos mediante ayudas económicas a aquellos
ciudadanos que se encuentren en situación de vulnerabilidad social en defensa del principio de
igualdad de oportunidades.
Son objetivos generales del presente Plan Estratégico los siguientes:
Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, que obliga a las Administraciones públicas que propongan el
establecimiento de subvenciones, a que, con carácter previo, elaboren un Plan
Estratégico de Subvenciones.
Establecer y normalizar, para el conjunto de los diferentes programas de ayuda y
subvenciones del Ayuntamiento de Alcuéscar, un conjunto de principios y bases de
ejecución comunes a los mismos.
Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones.
Regular, con carácter general, del régimen a que ha de ajustarse la concesión y
justificación de las subvenciones a tramitar por el Ayuntamiento de Alcuéscar.
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de
las consignaciones correspondientes en los Presupuestos municipales de cada año y la
aprobación de las Ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión.
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento en el que confluyen:
La materialización de los principios que regulan la concesión de las subvenciones y su
justificación.
La planificación de la política en la materia de fomento de actividades de utilidad
pública o interés social o de promoción de una finalidad pública de un determinado
departamento.
Y las medidas de control de las subvenciones, que permitan con su evaluación una
mejora de las futuras subvenciones mediante las correcciones oportunas que se
consideren, por cuanto todo plan debe recoger el seguimiento y control de la actividad
subvencional.
CVE:
BOP-2024-6848
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 31 de diciembre de 2024
N.º 0251
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