Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Membrío. (BOP-2024-6825)
BOP-2024-6825 Aprobación definitiva ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
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de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel
en que se solicite.
Para tener derecho a esta bonificación, los interesados deberán apartar la siguiente
documentación:
Escrito de solicitud de la bonificación
Fotocopia del certificado de calificación de Vivienda de Protección Oficial.
Fotocopia de la escritura o nota simple registral del inmueble.
Si en la escritura pública no constara la referencia catastral, fotocopia del recibo
del Impuesto sobre Bienes Inmuebles correspondiente al ejercicio anterior.
Tendrán derecho a una bonificación del 95 % de la cuota íntegra y, en su caso, del
recargo del Impuesto a que se refiere el artículo 153 del Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, los bienes rústicos de las Cooperativas Agrarias y de
Explotación comunitaria de la tierra, en los términos establecidos en la Ley 20/1990, de
19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.
Las bonificaciones señaladas en este apartado permanecerán vigentes en tanto no se
modifiquen o supriman.
Artículo 11. Periodo impositivo y devengo.
El periodo impositivo es el año natural.
El Impuesto se devenga el primer día del año.
Las variaciones de orden físico, económico o jurídico, incluyendo las modificaciones de
la titularidad de los bienes inmuebles, tendrán efectividad en el periodo impositivo
siguiente a aquel en que se produzcan dichas variaciones.
Artículo 12. Obligaciones Formales
Las alteraciones concernientes a los bienes inmuebles susceptibles de inscripción
catastral que tengan trascendencia a efectos de este Impuesto determinarán la
obligación de los sujetos pasivos de formalizar las declaraciones conducentes a su
inscripción en el Catastro Inmobiliario, conforme a lo establecido en sus normas
reguladoras.
CVE:
BOP-2024-6825
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 30 de diciembre de 2024
N.º 0250
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