Sección I - Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Sierra de Gata. (BOP-2024-6798)
BOP-2024-6798 Reglamento de régimen interno programas formación y empleo.
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Comer y beber durante el desarrollo de la jornada laboral, salvo en el tiempo de
descanso estimado para ello y en la zona destinada a tal fin.
Salir del aula o taller sin autorización.
Introducir en el Centro de Trabajo o formación a personas ajenas al Programa.
No comunicar al Proyecto el motivo de la falta de asistencia en el día que se produce.
La no presentación en tiempo oportuno, que se fija en tres días, de los justificantes de
las faltas al trabajo, a no ser que se pruebe la imposibilidad de hacerlo.
En general, el incumplimiento de los deberes por negligencia o descuido inexcusable.
Artículo 17.- Faltas graves.
Más de tres faltas de puntualidad sin causa justificada en el período de un mes.
Dos faltas de asistencia sin causa justificada en el período de dos meses.
La incorrección en el trato o falta de respeto con cualquiera de las personas que
participan en el Programa.
El incumplimiento de las órdenes impartidas por el personal docente y Directivos en el
ejercicio de su trabajo, del que se derive perjuicio grave para el servicio.
Gran falta de consideración con los compañeros, personal docente y Dirección.
La inobservancia de las normas de seguridad e higiene en el trabajo establecidas.
La simulación de enfermedad o accidente.
El consumo de alcohol o drogas durante la jornada de trabajo o los manifiestos
síntomas de intoxicación, que repercutan negativamente en el mismo.
Falsear u ocultar declaraciones o aportar datos inexactos y relevantes en relación con la
condición del integrante del Proyecto.
La reiteración en el uso inadecuado de las instalaciones, maquinaria, herramientas o
materiales.
El abuso de autoridad entendido como la comisión por un superior de un hecho
arbitrario con infracción de un derecho del personal del Proyecto de Formación y
Empleo, del que se derive perjuicio notorio para el mismo.
La sustracción de bienes o cualquier clase de objeto propiedad del Proyecto o del
personal integrante del mismo.
La reincidencia en la comisión de faltas leves que supongan más de dos dentro de un
mismo mes, aunque sean de distinta naturaleza, siempre y cuando hayan sido objeto de
amonestación expresa.
No tramitar a tiempo los partes correspondientes a las bajas o altas en Seguridad
Social.
CVE:
BOP-2024-6798
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
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