Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezabellosa. (BOP-2024-6755)
BOP-2024-6755 Memoria, Proyecto de Precio y de Estatutos Creación Comunidad Ciudadana de Energía.
82 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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«Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU»
o En referencia a las emisiones de CO2 emitidas a la atmósfera también se consigue una
disminución en 31,4 toneladas por año.
o Existen grandes ventajas y beneficios por pertenecer a una Comunidad Ciudadana de
Energía frente a contar con una instalación de autoconsumo individual, como su
menor coste unitario, su mejor aprovechamiento de la energía, su gestión más
sencilla para cada miembro, menor dependencia de las empresas suministradoras,
etc.
En virtud de lo expuesto, se estima plenamente acreditada, por exigencias de interés
público, la conveniencia y oportunidad de prestar los servicios de energía renovable, a través
de una Comunidad Ciudadana de Energía, bajo la fórmula jurídica de asociación sin ánimo de
lucro, quedando justificado que el proyecto es viable técnico-económica y jurídicamente, y
que cumple el objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la
inversión a realizar para la consecución de los fines establecidos.
En Cabezabellosa, a la fecha de la firma electrónica.
El Presidente
Fdo. Francisco Javier García Montero
El Secretario
Fdo. María Luisa Alonso Dionisio
El Vocal
Fdo. Andrés Crespo Cid
La Vocal
Fdo. Mª Olga Arjona García
34
Cód.
Validación:
5WFJKNNCF2NSHXAQ7JRF72EHL
Verificación:
https://cabezabellosa.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
34
de
34
CVE:
BOP-2024-6755
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 27 de diciembre de 2024
N.º 0249
Pág. 28678
o En referencia a las emisiones de CO2 emitidas a la atmósfera también se consigue una
disminución en 31,4 toneladas por año.
o Existen grandes ventajas y beneficios por pertenecer a una Comunidad Ciudadana de
Energía frente a contar con una instalación de autoconsumo individual, como su
menor coste unitario, su mejor aprovechamiento de la energía, su gestión más
sencilla para cada miembro, menor dependencia de las empresas suministradoras,
etc.
En virtud de lo expuesto, se estima plenamente acreditada, por exigencias de interés
público, la conveniencia y oportunidad de prestar los servicios de energía renovable, a través
de una Comunidad Ciudadana de Energía, bajo la fórmula jurídica de asociación sin ánimo de
lucro, quedando justificado que el proyecto es viable técnico-económica y jurídicamente, y
que cumple el objetivo de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de la
inversión a realizar para la consecución de los fines establecidos.
En Cabezabellosa, a la fecha de la firma electrónica.
El Presidente
Fdo. Francisco Javier García Montero
El Secretario
Fdo. María Luisa Alonso Dionisio
El Vocal
Fdo. Andrés Crespo Cid
La Vocal
Fdo. Mª Olga Arjona García
34
Cód.
Validación:
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Verificación:
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