Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-6720)
BOP-2024-6720 Convocatoria y bases para la provisión de tres plazas de Técnico de Gestión de Administración General, por turno libre y concurso-oposición.
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el Tribunal hará públicas en la página web de Empleo Público las puntuaciones definitivas de la
Fase de Concurso.
9.4. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal elevará al órgano convocante para su
publicación en el Tablón Electrónico la relación de aprobados, por el orden de puntuación
alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad, así como la puntuación final
alcanzada. Simultáneamente se publicarán en el Portal de Empleo Público (https://empleo.dip-
caceres.es/) la relación de aprobados con indicación de las puntuaciones parciales de todas y
cada una de las fases del proceso selectivo.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos
del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró
al Tribunal.
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el
fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes
seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no
cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de
incorporación de alguno de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el
órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los/as aspirantes que
sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
9.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran superado el proceso
selectivo dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos
indicados en la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados funcionarios
de carrera mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará
según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación
directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los/as aspirantes
de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público.
DÉCIMA.- Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la propuesta de nombramiento de los/as aspirantes, éstos aportarán los documentos que
a continuación se relacionan:
CVE:
BOP-2024-6720
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 26 de diciembre de 2024
N.º 0248
Pág. 28498
Fase de Concurso.
9.4. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal elevará al órgano convocante para su
publicación en el Tablón Electrónico la relación de aprobados, por el orden de puntuación
alcanzado, con indicación del documento nacional de identidad, así como la puntuación final
alcanzada. Simultáneamente se publicarán en el Portal de Empleo Público (https://empleo.dip-
caceres.es/) la relación de aprobados con indicación de las puntuaciones parciales de todas y
cada una de las fases del proceso selectivo.
El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos
del Tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de
valoración, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la
convocatoria y podrá ser objeto de la interposición de recurso de alzada ante el órgano que nombró
al Tribunal.
9.5. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de
aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya
propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el
fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/as aspirantes
seleccionados o cuando de la documentación aportada por los aspirantes se deduzca que no
cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de
incorporación de alguno de los/as aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el
órgano competente podrá requerir del Tribunal relación complementaria de los/as aspirantes que
sigan a los propuestos para su posible nombramiento como funcionarios de carrera.
9.6. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes propuestos que hubieran superado el proceso
selectivo dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para que acrediten en los términos
indicados en la convocatoria que cumplen los requisitos exigidos, y serán nombrados funcionarios
de carrera mediante Resolución del órgano competente, que se publicará en el «Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres», con indicación del destino adjudicado.
La adjudicación de los puestos entre los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará
según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino y que impliquen la participación
directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses
generales del Estado y de las Administraciones Públicas, quedarán reservados a los/as aspirantes
de nacionalidad española, de conformidad con el artículo 57.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado
Público.
DÉCIMA.- Presentación de documentación.
10.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera
pública la propuesta de nombramiento de los/as aspirantes, éstos aportarán los documentos que
a continuación se relacionan:
CVE:
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Verificable
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