Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villar del Pedroso. (BOP-2024-6635)
BOP-2024-6635 Aprobación definitiva del Reglamento regulador de la modalidad de prestación de servicios en régimen de Teletrabajo.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
sobre protección de datos de carácter personal. El equipo será instalado por el empleado,
contando con el asesoramiento y la ayuda técnica precisa si fuera necesario en la instalación
del equipo y en su mantenimiento, y se potenciará el uso de clientes ligeros, con las siguientes
medidas de seguridad: sin almacenamiento local y evitando la impresión local.
A la vista de las características del trabajo a desempeñar, el equipo informático necesario
deberá ser proporcionado por el Ayuntamiento. El personal participante mantendrá este equipo
informático en el mismo estado y con la misma configuración que tenía en la entrega.
Finalizado el programa de trabajo a distancia, el equipo informático proporcionado en su caso
deberá ser devuelto al Ayuntamiento.
En caso de que se produzca un mal funcionamiento en el equipo informático o en las
aplicaciones instaladas en él que impida el trabajo en el domicilio y que no pueda ser
solucionado el mismo día, la persona interesada deberá reincorporarse a su centro de trabajo
al día siguiente (y, excepcionalmente a la mayor brevedad, si estuviera justificado la dificultad
para desplazarse reanudando el ejercicio en la modalidad de trabajo a distancia cuando se
haya solucionado el mencionado problema de carácter técnico. Como medida preventiva,
puede acordarse la posibilidad de contar con un equipo informático de reserva suministrado por
el empleado, ante la posibilidad de fallo en el equipo corporativo.
Para mantener la comunicación precisa en la prestación del servicio, la Administración y la
persona teletrabajadora se facilitarán mutuamente un número de teléfono de contacto. El
cumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo deberá mantenerse durante todo el
período de tiempo en el que la persona empleada pública preste su servicio en la modalidad no
presencial.
e) Cumplimentar una declaración responsable en la que se indique que el espacio en el que se
va a trabajar reúne los requisitos relativos a seguridad y salud en el trabajo, teniendo éste la
consideración de oficina a distancia. El cumplimiento de los requisitos establecidos en este
artículo deberá mantenerse durante todo el periodo de tiempo en el que el empleado municipal
preste servicios en la modalidad de teletrabajo.
Artículo 6. Procedimiento de acceso al teletrabajo.
El procedimiento de autorización para la prestación de servicios mediante teletrabajo se iniciará
a solicitud del personal empleado público. La solicitud deberá presentarse por medios
electrónicos a través de formulario o modelo habilitado al efecto, indicando específicamente la
duración y las jornadas diarias que desea realizar en la modalidad de teletrabajo. Previa
comprobación de la concurrencia de los requisitos establecidos en este Reglamento, la
CVE:
BOP-2024-6635
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
Pág. 28077
contando con el asesoramiento y la ayuda técnica precisa si fuera necesario en la instalación
del equipo y en su mantenimiento, y se potenciará el uso de clientes ligeros, con las siguientes
medidas de seguridad: sin almacenamiento local y evitando la impresión local.
A la vista de las características del trabajo a desempeñar, el equipo informático necesario
deberá ser proporcionado por el Ayuntamiento. El personal participante mantendrá este equipo
informático en el mismo estado y con la misma configuración que tenía en la entrega.
Finalizado el programa de trabajo a distancia, el equipo informático proporcionado en su caso
deberá ser devuelto al Ayuntamiento.
En caso de que se produzca un mal funcionamiento en el equipo informático o en las
aplicaciones instaladas en él que impida el trabajo en el domicilio y que no pueda ser
solucionado el mismo día, la persona interesada deberá reincorporarse a su centro de trabajo
al día siguiente (y, excepcionalmente a la mayor brevedad, si estuviera justificado la dificultad
para desplazarse reanudando el ejercicio en la modalidad de trabajo a distancia cuando se
haya solucionado el mencionado problema de carácter técnico. Como medida preventiva,
puede acordarse la posibilidad de contar con un equipo informático de reserva suministrado por
el empleado, ante la posibilidad de fallo en el equipo corporativo.
Para mantener la comunicación precisa en la prestación del servicio, la Administración y la
persona teletrabajadora se facilitarán mutuamente un número de teléfono de contacto. El
cumplimiento de los requisitos establecidos en este artículo deberá mantenerse durante todo el
período de tiempo en el que la persona empleada pública preste su servicio en la modalidad no
presencial.
e) Cumplimentar una declaración responsable en la que se indique que el espacio en el que se
va a trabajar reúne los requisitos relativos a seguridad y salud en el trabajo, teniendo éste la
consideración de oficina a distancia. El cumplimiento de los requisitos establecidos en este
artículo deberá mantenerse durante todo el periodo de tiempo en el que el empleado municipal
preste servicios en la modalidad de teletrabajo.
Artículo 6. Procedimiento de acceso al teletrabajo.
El procedimiento de autorización para la prestación de servicios mediante teletrabajo se iniciará
a solicitud del personal empleado público. La solicitud deberá presentarse por medios
electrónicos a través de formulario o modelo habilitado al efecto, indicando específicamente la
duración y las jornadas diarias que desea realizar en la modalidad de teletrabajo. Previa
comprobación de la concurrencia de los requisitos establecidos en este Reglamento, la
CVE:
BOP-2024-6635
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 20 de diciembre de 2024
N.º 0245
Pág. 28077