Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6577)
BOP-2024-6577 Convocatoria de Subvenciones Centros de Interpretación adscritos a la red de Centros de Interpretación de la provincia de Cáceres. Ejercicio 2025.
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PRÓRROGA.
Las entidades beneficiarias NO podrán solicitar prórroga del plazo de ejecución de las
actividades, establecido entre el 1 de enero de 2025 al 31 de marzo de 2026.
BASE CUARTA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA.
El importe de las subvenciones previstas en estas Bases asciende a UN MILLÓN
TRESCIENTOS MIL EUROS (1.300.000,00 €), aplicación presupuestaria 04-4320-46225
“Convocatoria. Subv. Centros de Interpretación” y supeditado a la consignación efectiva de las
ayudas en el Presupuesto de la Diputación, ejercicio 2025, que resulte aprobado.
CUANTÍA.
La adscripción de trabajadores/as se ha realizado del siguiente modo, mínimo de un/a
trabajador/a a jornada completa por cada Centro de Interpretación o número de trabajadores/as
asignados/as al/los Centro/s en la convocatoria 2024, en el caso de que sea superior.
Como resultado de distribuir la dotación presupuestaria entre el total de trabajadores/as
adscritos/as a los Centros de Interpretación relacionados en el Anexo I, se asignará a cada
entidad beneficiaria una cantidad fija de 16.753,62 € por cada persona adscrita a jornada
completa durante un periodo de doce meses, y 8.376,81 € por cada persona adscrita a jornada
parcial, al menos del 50%, durante un periodo de doce meses, con un máximo de 36.000 € por
entidad beneficiaria.
La financiación de la contratación y/o mantenimiento del personal informador y dinamizador
pertenecientes a la Red de Centros de Interpretación será compartida por la administración
provincial y las administraciones municipales en el caso de que la cantidad fija arriba indicada
no sea suficiente para cubrir los gastos subvencionables.
En el caso de que la cuantía solicitada sea inferior a la dotación presupuestaria, el remanente
se distribuirá entre las entidades solicitantes con el importe que resulte de dividir las cantidades
no solicitadas entre el número de entidades beneficiarias que hayan solicitado la subvención,
respetando en todo caso el límite de los 36.000 € por Entidad.
Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y
el órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las
circunstancias así lo aconsejaran, motivando la resolución.
CVE:
BOP-2024-6577
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 19 de diciembre de 2024
N.º 0244
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