Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6546)
BOP-2024-6546 Bases Convocatoria Subvenciones Proyectos Educación Ciudadanía Global.
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SERVICIO DE IGUALDAD, POLÍTICA SOCIAL Y
COOPERACIÓN INTERNACIONAL
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
Podrán ser objeto de las ayudas aquellas actividades formativas, informativas, de promoción, prevención y
sensibilización social que se desarrollen en la provincia de Cáceres a través de cursos, talleres, exposiciones,
conferencias, encuentros, investigación, creación de redes, elaboración de instrumentos y materiales,
jornadas, charlas, ponencias u otras de naturaleza análoga, que promuevan la construcción de una sociedad
civil comprometida con los objetivos de la Cooperación Internacional y orientadas a mejorar las condiciones
de vida de las personas en los países del Sur Global, así como la preservación de los Bienes Globales.
Se trata por lo tanto de sensibilizar a la población de un país donante, sobre los proyectos relacionados con la
política de cooperación internacional al desarrollo para que desde la ciudadanía se apoyen estas actividades
para los países receptores de AOD.
Es necesario remarcar que, aunque la aplicación de la Agenda 2030 es global, solo se considera AOD
aquellas actividades financiadas cuyo objetivo sea la "promoción del desarrollo y el bienestar económico de
los países en desarrollo". En consecuencia, no serán objeto de subvención aquellas acciones cuyos
beneficiarios finales sean unicamente la ciudadanía española, así como aquellos que contribuyan unicamente
a dar a conocer los ODS sin que tengan repercusión en los países del Sur Global.
BASE SEGUNDA. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación Provincial de
Cáceres, en la aplicación 2025.01.2313.486.06, dotada con un importe total de CIENTO CINCUENTA MIL
EUROS (150.000,00€).
CUANTÍA
Se concederán ayudas hasta un importe máximo de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00€) para
gastos corrientes.
El importe máximo a conceder a cada entidad beneficiaria será de SEIS MIL QUINIENTOS EUROS
(6.500,00€). Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y el
órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las circunstancias así
lo aconsejaran, mediante resolución motivada.
Asimismo, el importe de las subvenciones reguladas en las presentes Bases de Convocatoria en ningún caso
podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones concedidas por otras
Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, u otros ingresos o recursos que financien la
actividad, supere los gastos previstos para la realización del proyecto subvencionable.
CVE:
BOP-2024-6546
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 18 de diciembre de 2024
N.º 0243
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