Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cadalso. (BOP-2024-6440)
BOP-2024-6440 Aprobación definitiva modificación ordenanzas fiscales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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USO DOMÉSTICO (Viviendas y establecimientos, etc..),
USO DE OCIO (Para aquellos inmuebles, tanto rústicos como urbanos, que dispongan de
jardines, piscinas y zonas de cesped, huertos (que no utilicen el agua de manantiales, arroyos,
pozos, etc….).
En caso de que dispongan de esos recursos para no tener que utilizar el suministro de agua
potable de la red general y se detecte que usa ésta, se aplicará la tarifa correspondiente.
A los inmuebles con varias viviendas en su interior, que dispongan de un único aparato
contador se aplicará la tarifa procedente como tarifa mínima a cada una de ellas,
distribuyéndose el consumo de forma proporcional entre el número de viviendas que conste,
con el fin de generar los recibos individualizados, sin perjuicio de la obligación de poner un
contador individual en el plazo que fije la Alcaldía.
TRAMOS EN FUNCIÓN DEL CONSUMO DE AGUA PROPUESTA 2025
HASTA 5 m3. Este tramo será considerado asimismo como
tarifa mínima
5,00 €
De 6 m3 hasta 40 m3 0,40€/m3
De 41 m3 hasta 75 m3 0,45€/m3
A partir de 76 m3. 0,60€/m3
TRAMOS EN FUNCIÓN DEL CONSUMO DE AGUA PROPUESTA 2025
HASTA 5 m3. Este tramo será considerado asimismo como
tarifa mínima
5,00 €
De 6 m3 hasta 40 m3 0,50€/m3
De 41 m3 hasta 75 m3 0,60€/m3
A partir de 76 m3. 0,90€/m3
CVE:
BOP-2024-6440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
Pág. 26944
USO DE OCIO (Para aquellos inmuebles, tanto rústicos como urbanos, que dispongan de
jardines, piscinas y zonas de cesped, huertos (que no utilicen el agua de manantiales, arroyos,
pozos, etc….).
En caso de que dispongan de esos recursos para no tener que utilizar el suministro de agua
potable de la red general y se detecte que usa ésta, se aplicará la tarifa correspondiente.
A los inmuebles con varias viviendas en su interior, que dispongan de un único aparato
contador se aplicará la tarifa procedente como tarifa mínima a cada una de ellas,
distribuyéndose el consumo de forma proporcional entre el número de viviendas que conste,
con el fin de generar los recibos individualizados, sin perjuicio de la obligación de poner un
contador individual en el plazo que fije la Alcaldía.
TRAMOS EN FUNCIÓN DEL CONSUMO DE AGUA PROPUESTA 2025
HASTA 5 m3. Este tramo será considerado asimismo como
tarifa mínima
5,00 €
De 6 m3 hasta 40 m3 0,40€/m3
De 41 m3 hasta 75 m3 0,45€/m3
A partir de 76 m3. 0,60€/m3
TRAMOS EN FUNCIÓN DEL CONSUMO DE AGUA PROPUESTA 2025
HASTA 5 m3. Este tramo será considerado asimismo como
tarifa mínima
5,00 €
De 6 m3 hasta 40 m3 0,50€/m3
De 41 m3 hasta 75 m3 0,60€/m3
A partir de 76 m3. 0,90€/m3
CVE:
BOP-2024-6440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
Pág. 26944