Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cadalso. (BOP-2024-6440)
BOP-2024-6440 Aprobación definitiva modificación ordenanzas fiscales.
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Sección I - Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cadalso
EDICTO. Aprobación definitiva modificación ordenanzas fiscales.
Este Ayuntamiento ha aprobado definitivamente la Modificación de la Ordenanzas Fiscales
Reguladoras de la Tasas por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Suministro de Agua
Potable, Tratamiento y Depuración de Aguas Residuales y Alcantarillado, cuyo texto integro (el
de la modificación, entrando en vigor el día 01.01.2025) se publica a continuación y es el
siguiente:
TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Se establece, por tanto una TARIFA ÚNICA de 85 euros anuales.
Aquellos inmuebles o edificios que cuenten con diferentes viviendas en su interior, tributarán
por cada una de estas viviendas que dispongan, de forma individual.
TASA POR ABASTECIMIENTO AGUA POTABLE.
PERIODICIDAD: Las lecturas del consumo de agua potable que registren los contadores y la
liquidación de los recibos pasará a ser con carácter TRIMESTRAL.
Se distinguen los siguientes USOS:
TIPO DE TARIFA TARIFA ACTUAL PROPUESTA 2025
VIVIENDAS HABITADAS 77,00 € 85,00 €
VIVIENDAS DESHABITADAS 77,00 € 85,00 €
INDUSTRIAS Y ESTABL. COMERC. 140,00 € 85,00 €
BARES Y DISCOTECAS. 140,00 € 85,00 €
CVE:
BOP-2024-6440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
Pág. 26943
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Cadalso
EDICTO. Aprobación definitiva modificación ordenanzas fiscales.
Este Ayuntamiento ha aprobado definitivamente la Modificación de la Ordenanzas Fiscales
Reguladoras de la Tasas por Recogida de Residuos Sólidos Urbanos, Suministro de Agua
Potable, Tratamiento y Depuración de Aguas Residuales y Alcantarillado, cuyo texto integro (el
de la modificación, entrando en vigor el día 01.01.2025) se publica a continuación y es el
siguiente:
TASA POR RECOGIDA DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS
Se establece, por tanto una TARIFA ÚNICA de 85 euros anuales.
Aquellos inmuebles o edificios que cuenten con diferentes viviendas en su interior, tributarán
por cada una de estas viviendas que dispongan, de forma individual.
TASA POR ABASTECIMIENTO AGUA POTABLE.
PERIODICIDAD: Las lecturas del consumo de agua potable que registren los contadores y la
liquidación de los recibos pasará a ser con carácter TRIMESTRAL.
Se distinguen los siguientes USOS:
TIPO DE TARIFA TARIFA ACTUAL PROPUESTA 2025
VIVIENDAS HABITADAS 77,00 € 85,00 €
VIVIENDAS DESHABITADAS 77,00 € 85,00 €
INDUSTRIAS Y ESTABL. COMERC. 140,00 € 85,00 €
BARES Y DISCOTECAS. 140,00 € 85,00 €
CVE:
BOP-2024-6440
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 13 de diciembre de 2024
N.º 0240
Pág. 26943