Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6393)
BOP-2024-6393 Convocatoria de bolsa de empleo temporal de Técnicos/as de Administración Especial en Gestión Administrativa Contable, Grupo A, Subgrupo A2.
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AREA DE PERSONAL, PREVENCION DE RIESGOS
LABORALES Y SEPEI
5.5. El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad
técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del
procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de
la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los
manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de
homogeneizar los criterios de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda
establecida en el Área de Personal, Prevención de Riesgos laborales y SEPEI, en las
dependencias administrativas del Servicio de Personal e Inspección de servicios, en el
Departamento de Selección y Provisión, ubicado en la segunda planta del Palacio Provincial, en
la Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en el ejercicio, si no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidos a partir de la letra “J”, de conformidad con el sorteo
efectuado previamente (BOP de 31/01/2024) y figurará en el anuncio por el que se haga
pública la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha,
hora y lugar de comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación
de al menos cinco días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios
Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial.
Supletoriamente, se utilizará el más reciente orden alfabético determinado para la
actuación de aspirantes en procesos selectivos convocados por la Administración General de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud
de su condición, con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones
de tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que
ha/n dado origen al grado de minusvalía reconocido.
Cuando la necesidad de adaptación de tiempos y/o medios se produzca de forma
sobrevenida, el/la aspirante lo solicitará directamente al órgano de selección con, al menos, 4
días hábiles de antelación a la celebración del ejercicio, siempre que no se menoscabe el
normal desarrollo del proceso selectivo.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador
resolver la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las
circunstancias específicas del ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de
julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
CVE:
BOP-2024-6393
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de diciembre de 2024
N.º 0239
Pág. 26792
LABORALES Y SEPEI
5.5. El Tribunal calificador actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad
técnica y sus miembros son personalmente responsables de la transparencia y objetividad del
procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto cumplimiento de las bases de
la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
En el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en los
manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por el Área de Personal con el objeto de
homogeneizar los criterios de actuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración Provincial, aunque ésta, en su
caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en cuyo caso habrán de practicarse de nuevo las pruebas o trámites afectados por las
irregularidades.
A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la sede del Tribunal queda
establecida en el Área de Personal, Prevención de Riesgos laborales y SEPEI, en las
dependencias administrativas del Servicio de Personal e Inspección de servicios, en el
Departamento de Selección y Provisión, ubicado en la segunda planta del Palacio Provincial, en
la Plaza de Santa María s/n, de Cáceres.
SEXTA. Actuación de los/as aspirantes.
6.1. La actuación de los aspirantes en el ejercicio, si no pueda realizarse conjuntamente, se
iniciará por orden alfabético de apellidos a partir de la letra “J”, de conformidad con el sorteo
efectuado previamente (BOP de 31/01/2024) y figurará en el anuncio por el que se haga
pública la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y la fecha,
hora y lugar de comienzo de los ejercicios. Dicha publicación se efectuará, con una antelación
de al menos cinco días hábiles de dicho comienzo en el BOP y Tablón de Anuncios
Electrónico, ubicado en la sede electrónica de la Diputación Provincial.
Supletoriamente, se utilizará el más reciente orden alfabético determinado para la
actuación de aspirantes en procesos selectivos convocados por la Administración General de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Para los aspirantes con discapacidad que lo soliciten, previa constancia en la solicitud
de su condición, con expresión del grado y tipo de minusvalía, se establecerán las adaptaciones
de tiempo y medios necesarias para la realización de los ejercicios debiendo adjuntar el
Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de
minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanente/s que
ha/n dado origen al grado de minusvalía reconocido.
Cuando la necesidad de adaptación de tiempos y/o medios se produzca de forma
sobrevenida, el/la aspirante lo solicitará directamente al órgano de selección con, al menos, 4
días hábiles de antelación a la celebración del ejercicio, siempre que no se menoscabe el
normal desarrollo del proceso selectivo.
Respecto de la adaptación de tiempos y medios, corresponderá al Tribunal Calificador
resolver la procedencia y concreción, de la adaptación de tiempos y medios en función de las
circunstancias específicas del ejercicio, según se establece por el Decreto 111/2017, de 18 de
julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad y la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio.
CVE:
BOP-2024-6393
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 12 de diciembre de 2024
N.º 0239
Pág. 26792