Sección I - Administración Local. Provincia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de Cáceres. (BOP-2024-6376)
BOP-2024-6376 Convenio de delegación de gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial con el Ayuntamiento de La Pesga.
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3. La información relativa a la recaudación será recibida vía EDITRAN (sistema de transmisión
de datos encriptada y segura), y procesada por el OARGT, actualizando así los datos de los
expedientes sancionadores contenidos en la aplicación de gestión de multas.
4. La aplicación contable, con el detalle de las cantidades recaudadas por ejercicios y tipos de
multas se efectuará trimestralmente. Asimismo se realizará trimestralmente la transferencia las
cantidades recaudadas una vez practicados los descuentos a que se hace referencia en la
estipulación sexta.
5. Con independencia de la información facilitada sobre los derechos reconocidos, los anulados
y los recaudados que figura en la remisión de cuentas anuales, el Ayuntamiento podrá extraer
de la aplicación de multas los necesarios informes de gestión para el adecuado seguimiento y
control del servicio.
SEXTA: INGRESOS DE LA DIPUTACIÓN.
1. La prestación del servicio que se deriva de esta delegación, comportará la compensación de
las siguientes cantidades en concepto de premio de cobranza:
1) El 30% del principal recaudado en periodo voluntario.
2) El 50% del principal recaudado en periodo ejecutivo.
3) El 100% de los recargos, intereses y costas generados en el periodo ejecutivo.
2. El importe correspondiente al premio de cobranza podrá ser descontado de las liquidaciones
de ingresos que se practiquen a favor del Ayuntamiento.
3. En los casos en que el Ayuntamiento solicite hardware u otros medios materiales para la
automatización del procedimiento, tales como unidades de PDA, impresoras, TPVs u otros
equipos, deberá abonar al O.A.R.G.T. las siguientes contraprestaciones por el uso de los
equipos puestos a su disposición. Estas contraprestaciones serán liquidadas periódicamente
por el OARGT y podrán ser descontadas de las liquidaciones de ingresos que se practiquen a
favor del Ayuntamiento.
Por el uso de equipos cedidos con mantenimiento incluido: el 3,00% del coste de adquisición
por cada mes desde su puesta a disposición.
Por el uso de equipos cedidos sin mantenimiento incluido: el 2,00% del coste de adquisición
por cada mes desde su puesta a disposición.
CVE:
BOP-2024-6376
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 11 de diciembre de 2024
N.º 0238
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