Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6272)
BOP-2024-6272 Convocatoria Plan de Empleo Entidades Locales 2025.
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IMPORTE. La entidad local beneficiaria asume el compromiso de justificar ante el órgano
gestor el importe total del Plan de Empleo realizado con cargo a estas bases, teniendo en
cuenta que la cantidad subvencionada por la Diputación representa como máximo el 90% del
plan de cada entidad y que cada administración municipal cofinancia como mínimo el 10%
restante. La justificación por un importe inferior al asignado en el Plan supondrá una minoración
de la cantidad subvencionada por la Diputación, al respetarse, en todo caso, el porcentaje de
cofinanciación.
DOCUMENTOS. Las entidades beneficiarias presentarán la justificación cumplimentando todos
los campos obligatorios del formulario “Justificación” presente en la sede electrónica y
adjuntando los documentos requeridos, que se se entienden como firmados, ya que el sistema
permite la identificación, integridad y no repudio de la documentación aportada.
Además de este documento resumen de “Justificación”, se acompañarán:
Cuenta justificativa, en modelo normalizado, que recogerá la relación los contratos
realizados subvencionados, los costes totales y el importe imputado a la subvención
(mod.121B).
Certificado de la Secretaría– Intervención de inicio y al fin de los contratos y de
cumplimiento de la obligación de publicidad recogido en la Base Quinta (Anexo IV)
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN. El plazo máximo de justificación será hasta el 31 de marzo de
2026.
Los gastos deberán realizarse dentro del periodo de ejecución y los pagos correspondientes a
los mismos podrán realizarse hasta la finalización del periodo de justificación.
En relación a la justificación, una vez presentada la misma dentro del plazo señalado para ello,
si el órgano gestor considerase, tras las oportunas verificaciones, que existen errores
subsanables en la justificación, se requerirá al interesado que proceda a corregirlos,
concediéndole un plazo de 10 días hábiles. La presentación de la subsanación, se hará a
través de la sede electrónica mediante la aportación de la documentación indicada y siguiendo
las indicaciones pertinentes que la entidad beneficiaria recibirá del órgano gestor.
Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma, la Diputación Provincial
de Cáceres requerirá a la entidad beneficiaria para que la presente en un plazo improrrogable
de 15 días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de
21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, sin perjuicio de aplicar las sanciones que estén establecidas para
este tipo de incumplimientos.
CVE:
BOP-2024-6272
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 4 de diciembre de 2024
N.º 0235
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