Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6234)
BOP-2024-6234 Bases reguladoras del Plan Activa Cultura Deporte 2025 de subvenciones a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres para la financiación de actividades culturales y deportivas.
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Para ello no será necesaria la valoración de las solicitudes por órgano colegiado, llevándose a
cabo únicamente la comprobación de cumplimiento de requisitos.
El órgano gestor propondrá al órgano competente para la concesión de las ayudas a los
Ayuntamientos que, cumpliendo los requisitos exigidos en las bases, tengan la condición de
beneficiarios.
BASE OCTAVA. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
RESOLUCIÓN
La resolución, debidamente motivada, habrá de contener los extremos señalados en el artículo
28 de la LGS y 67 del RLGS, siendo competente la Vicepresidencia Primera de Territorio,
Igualdad y Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres por delegación de 5 julio de 2023. La
fecha límite para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses a contar
desde el día siguiente a la finalización del plazo de solicitud.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se
entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la base segunda.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso
de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en
la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
Todas las comunicaciones y notificaciones, correspondientes a los actos administrativos que se
dicten durante la tramitación del procedimiento, registradas a través de la sede electrónica de
la Diputación Provincial de Cáceres, se incorporarán a los expedientes y estarán disponibles a
lo largo de toda la tramitación telemática en dicha sede.
Se pondrá a disposición de las entidades solicitantes un sistema complementario de alertas por
medio de correo electrónico.
CVE:
BOP-2024-6234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
Pág. 26118
cabo únicamente la comprobación de cumplimiento de requisitos.
El órgano gestor propondrá al órgano competente para la concesión de las ayudas a los
Ayuntamientos que, cumpliendo los requisitos exigidos en las bases, tengan la condición de
beneficiarios.
BASE OCTAVA. RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN
RESOLUCIÓN
La resolución, debidamente motivada, habrá de contener los extremos señalados en el artículo
28 de la LGS y 67 del RLGS, siendo competente la Vicepresidencia Primera de Territorio,
Igualdad y Cultura de la Diputación Provincial de Cáceres por delegación de 5 julio de 2023. La
fecha límite para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de 6 meses a contar
desde el día siguiente a la finalización del plazo de solicitud.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se
entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
El total de las subvenciones concedidas no podrán superar la cuantía del crédito disponible
para la presente convocatoria de subvenciones, expresado en la base segunda.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso
contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso
de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en
la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
Todas las comunicaciones y notificaciones, correspondientes a los actos administrativos que se
dicten durante la tramitación del procedimiento, registradas a través de la sede electrónica de
la Diputación Provincial de Cáceres, se incorporarán a los expedientes y estarán disponibles a
lo largo de toda la tramitación telemática en dicha sede.
Se pondrá a disposición de las entidades solicitantes un sistema complementario de alertas por
medio de correo electrónico.
CVE:
BOP-2024-6234
Verificable
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Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
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