Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-6234)
BOP-2024-6234 Bases reguladoras del Plan Activa Cultura Deporte 2025 de subvenciones a entidades locales de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres para la financiación de actividades culturales y deportivas.
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CONSULTA DEL ESTADO DE TRAMITACIÓN
De conformidad con el artículo 53 de la Ley 39/2015 las personas representantes o
autorizadas, previa identificación con alguno de los sistemas previstos en la sede, podrán
consultar el estado de tramitación del expediente y los documentos presentados o generados
de los procedimientos administrativos gestionados electrónicamente en su totalidad y de los
cuales tenga interés legítimo o representación bastante.
Podrán asimismo efectuar la presentación de la documentación adicional que pudiera ser
requerida por el órgano actuante. La incorporación de los documentos al expediente surtirá
todos los efectos de la notificación practicada según lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley
39/2015, LPACAP.
BASE SÉPTIMA. INSTRUCCIÓN
El procedimiento de concesión de la subvención dentro de la presente convocatoria será el de
concesión directa mediante convocatoria abierta regulado en el artículo 21 de la Ordenanza
General de Subvenciones de Diputación de Cáceres. En el presente caso la excepcionalidad
del régimen de concesión directa queda fundamentada en razones de interés económico y
social dado que pretende cubrir las necesidades culturales y deportivas así como el impulso de
las industrias del sector y la creación de empleo en estos municipios. Los criterios de concesión
y la suficiente cuantía del Plan, permiten la concesión a todos los solicitantes sin necesidad de
aplicar la comparación de solicitudes propia de la concurrencia competitiva. Ello aconseja que,
en aras de cumplir con los principios de eficacia y celeridad procedimentales, y a la vista de la
complejidad de esta subvención, se utilice el procedimiento de concesión directa para poder
hacer efectivo el pago lo antes posible y permitir así que, hasta los municipios más pequeños,
puedan acceder a las actividades culturales y deportivas que aquí se contemplan.
INSTRUCCIÓN
Al ser el procedimiento de concesión de estas ayudas el de concesión directa, el órgano gestor
examinará las solicitudes presentadas. Ante errores subsanables en la solicitud, se requerirá
al/a interesado/a que proceda a corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles. En
caso de no resolver adecuadamente la subsanación, se le tendrá por desistido del expediente,
de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente. Para la presentación de la
subsanación, se utilizará el formulario de la sede electrónica.
Cuando exista un volumen suficiente de solicitudes recibidas que cumplan los requisitos
establecido en las bases de la presente convocatoria, previamente examinadas por el Órgano
Gestor, este elevará la correspondiente propuesta de concesión mediante lotes.
CVE:
BOP-2024-6234
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 3 de diciembre de 2024
N.º 0234
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