Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calzadilla. (BOP-2024-6212)
BOP-2024-6212 Aprobación inicial expediente de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la Tasa por prestación del servicio de Agua a Domicilio.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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contador independiente en cada vivienda o local.
En los abonos de tipo colectivo denominados contadores con varios mínimos, en el que un
solo contador controla el suministro de varias viviendas o locales, deberá figurar como
abonado la Comunidad, y en tales supuestos no se admitirán bajas de mínimos. La
interrupción parcial o total del servicio por causa de fuerza mayor no dará derecho a
deducción de cantidad alguna en el importe de la factura.
En caso de paralización de un contador, el consumo correspondiente al periodo en el que se
haya producido la paralización se estimará tomando como base un periodo igual anterior
de mayor consumo.
La presentación de baja en el suministro de agua surtirá efectos a partir del periodo de
cobranza siguiente al de la fecha en que se haya efectuado la declaración.
El Ayuntamiento podrá establecer convenios de colaboración con entidades, instituciones, y
organizaciones representativas de los sujetos pasivos de la tasa, con el fin de simplificar el
cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas de aquellas o los
procedimientos de liquidación o recaudación.
Artículo 11. Recaudación.
El cobro de la tasa se hará mediante Lista Cobratoria, por recibos tributarios, en el período
de cobranza que el Ayuntamiento determine, exponiéndose dicha lista cobratoria por el
plazo de veinte días hábiles en lugares y medios previstos por la Legislación, a efectos de
reclamaciones por los/as interesados/as y la recaudación se llevará a cabo mediante recibos
de cobro periódico.
En el supuesto de licencia de acometida, el contribuyente formulará la oportuna solicitud y
los servicios tributarios de este Ayuntamiento, una vez concedida aquella, practicarán la
liquidación que proceda, que será notificada para el ingreso directo en la forma y plazos que
Ayuntamiento de Calzadilla
Plza. De Extremadura, 1, Calzadilla. 10817 (Cáceres). Tfno. 927146313. Fax: 927146390
Cód.
Validación:
A4J6Z5SQXLS534FWTXT7KPN3Z
Verificación:
https://calzadilla.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
6
de
8
CVE:
BOP-2024-6212
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de diciembre de 2024
N.º 0233
Pág. 26009
En los abonos de tipo colectivo denominados contadores con varios mínimos, en el que un
solo contador controla el suministro de varias viviendas o locales, deberá figurar como
abonado la Comunidad, y en tales supuestos no se admitirán bajas de mínimos. La
interrupción parcial o total del servicio por causa de fuerza mayor no dará derecho a
deducción de cantidad alguna en el importe de la factura.
En caso de paralización de un contador, el consumo correspondiente al periodo en el que se
haya producido la paralización se estimará tomando como base un periodo igual anterior
de mayor consumo.
La presentación de baja en el suministro de agua surtirá efectos a partir del periodo de
cobranza siguiente al de la fecha en que se haya efectuado la declaración.
El Ayuntamiento podrá establecer convenios de colaboración con entidades, instituciones, y
organizaciones representativas de los sujetos pasivos de la tasa, con el fin de simplificar el
cumplimiento de las obligaciones formales y materiales derivadas de aquellas o los
procedimientos de liquidación o recaudación.
Artículo 11. Recaudación.
El cobro de la tasa se hará mediante Lista Cobratoria, por recibos tributarios, en el período
de cobranza que el Ayuntamiento determine, exponiéndose dicha lista cobratoria por el
plazo de veinte días hábiles en lugares y medios previstos por la Legislación, a efectos de
reclamaciones por los/as interesados/as y la recaudación se llevará a cabo mediante recibos
de cobro periódico.
En el supuesto de licencia de acometida, el contribuyente formulará la oportuna solicitud y
los servicios tributarios de este Ayuntamiento, una vez concedida aquella, practicarán la
liquidación que proceda, que será notificada para el ingreso directo en la forma y plazos que
Ayuntamiento de Calzadilla
Plza. De Extremadura, 1, Calzadilla. 10817 (Cáceres). Tfno. 927146313. Fax: 927146390
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