Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cáceres. (BOP-2024-6210)
BOP-2024-6210 Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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La presente modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación y continuará
vigente hasta su modificación o derogación expresa.
Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndole saber que contra el presente
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que los/as interesados/as puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente en derecho.
El texto íntegro de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.)
de Excmo. Ayuntamiento de Cáceres tras la incorporación de las modificaciones aprobadas, se
acompaña a este Anuncio como documentación anexa.
Cáceres, 29 de noviembre de 2024
Juan Miguel González Palacios
SECRETARIO GENERAL
CVE:
BOP-2024-6210
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de diciembre de 2024
N.º 0233
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vigente hasta su modificación o derogación expresa.
Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndole saber que contra el presente
acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Cáceres, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
todo ello sin perjuicio de que los/as interesados/as puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente en derecho.
El texto íntegro de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.)
de Excmo. Ayuntamiento de Cáceres tras la incorporación de las modificaciones aprobadas, se
acompaña a este Anuncio como documentación anexa.
Cáceres, 29 de noviembre de 2024
Juan Miguel González Palacios
SECRETARIO GENERAL
CVE:
BOP-2024-6210
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 2 de diciembre de 2024
N.º 0233
Pág. 25989