Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-6198)
BOP-2024-6198 Aprobación inicial del Reglamento Regulador de los Presupuestos Participativos del Ayuntamiento.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Excmo. Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza 8, 10200 Trujillo (Cáceres)
927 321 050
www.trujillo.es
Podrán presentar sus propuestas de proyectos a incluir en los Presupuestos participativos.: Los
vecinos empadronados mayores de edad, los titulares de actividades económicas en Trujillo (a los efectos
del Impuesto Sobre Actividades Económicas) y los titulares de propiedades inmuebles en el municipio (a
los efectos del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles.)
Cada proponente podrá presentar un máximo de tres propuestas.
En cada convocatoria se establecerán los plazos concretos tanto para la presentación de
proyectos como para el proceso de votación de los mismos.
La presentación se realizará mediante los canales, telemáticos y/o presenciales, que la Comisión
habilite persiguiendo el cumplimiento de los objetivos de participación inclusiva, diálogo y transparencia.
Las propuestas deberán cumplir con este Reglamento y respetar la igualdad entre todos los
vecinos de Trujillo, sin menoscabo de que puedan tener mayor incidencia en alguna zona o colectivo del
municipio.
Artículo 11. Causas de inadmisión o exclusión de propuestas.
Con carácter general, serán causas de inadmisión o exclusión de propuestas las siguientes:
1. No estar debidamente identificada la persona que la presenta.
2. Que la persona no esté empadronada en el municipio y/o no demuestre ser titular de una
actividad económica censada en el municipio o ser titular de propiedades rústicas y/o urbanas.
3. Que la persona haya presentado previamente tres propuestas.
4. No ser una propuesta que se pueda incluir en el capítulo de inversiones del presupuesto del
Ayuntamiento.
5. Que lo propuesto no sea de la competencia del Ayuntamiento de Trujillo (en consonancia con
las competencias propias municipales) o que sean contrarias al planeamiento o a la legalidad
vigente.
6. Que coincidan con actuaciones en desarrollo o ya previstas.
7. Que el coste estimado de la inversión de la propuesta supere el límite máximo establecido en
la convocatoria para su ejercicio individual.
8. Que sean inviables por motivos técnicos, económicos o legales a juicio de los técnicos
municipales.
9. Que se haya realizado una propuesta similar o equivalente o en la misma zona o localización
en los cuatro años anteriores.
10. Que se haya realizado una propuesta que beneficie a una misma institución, asociación, club,
etc., en los cuatro años anteriores.
Artículo 12. Informes técnicos previos.
Los servicios técnicos, económicos y jurídicos realizarán un informe técnico previo, si así se
requiriese por parte de la Alcaldía, al tiempo que podrán incorporar sugerencias de carácter técnico.
Artículo 13. Evaluación y análisis de viabilidad por la Comisión de Presupuestos Participativos.
La Comisión de Presupuestos participativos será la encargada de verificar la viabilidad técnica y
económica de las propuestas. Cualquier miembro de la Comisión podrá presentar sugerencias a los
CVE:
BOP-2024-6198
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 29 de noviembre de 2024
N.º 0232
Pág. 25936
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Podrán presentar sus propuestas de proyectos a incluir en los Presupuestos participativos.: Los
vecinos empadronados mayores de edad, los titulares de actividades económicas en Trujillo (a los efectos
del Impuesto Sobre Actividades Económicas) y los titulares de propiedades inmuebles en el municipio (a
los efectos del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles.)
Cada proponente podrá presentar un máximo de tres propuestas.
En cada convocatoria se establecerán los plazos concretos tanto para la presentación de
proyectos como para el proceso de votación de los mismos.
La presentación se realizará mediante los canales, telemáticos y/o presenciales, que la Comisión
habilite persiguiendo el cumplimiento de los objetivos de participación inclusiva, diálogo y transparencia.
Las propuestas deberán cumplir con este Reglamento y respetar la igualdad entre todos los
vecinos de Trujillo, sin menoscabo de que puedan tener mayor incidencia en alguna zona o colectivo del
municipio.
Artículo 11. Causas de inadmisión o exclusión de propuestas.
Con carácter general, serán causas de inadmisión o exclusión de propuestas las siguientes:
1. No estar debidamente identificada la persona que la presenta.
2. Que la persona no esté empadronada en el municipio y/o no demuestre ser titular de una
actividad económica censada en el municipio o ser titular de propiedades rústicas y/o urbanas.
3. Que la persona haya presentado previamente tres propuestas.
4. No ser una propuesta que se pueda incluir en el capítulo de inversiones del presupuesto del
Ayuntamiento.
5. Que lo propuesto no sea de la competencia del Ayuntamiento de Trujillo (en consonancia con
las competencias propias municipales) o que sean contrarias al planeamiento o a la legalidad
vigente.
6. Que coincidan con actuaciones en desarrollo o ya previstas.
7. Que el coste estimado de la inversión de la propuesta supere el límite máximo establecido en
la convocatoria para su ejercicio individual.
8. Que sean inviables por motivos técnicos, económicos o legales a juicio de los técnicos
municipales.
9. Que se haya realizado una propuesta similar o equivalente o en la misma zona o localización
en los cuatro años anteriores.
10. Que se haya realizado una propuesta que beneficie a una misma institución, asociación, club,
etc., en los cuatro años anteriores.
Artículo 12. Informes técnicos previos.
Los servicios técnicos, económicos y jurídicos realizarán un informe técnico previo, si así se
requiriese por parte de la Alcaldía, al tiempo que podrán incorporar sugerencias de carácter técnico.
Artículo 13. Evaluación y análisis de viabilidad por la Comisión de Presupuestos Participativos.
La Comisión de Presupuestos participativos será la encargada de verificar la viabilidad técnica y
económica de las propuestas. Cualquier miembro de la Comisión podrá presentar sugerencias a los
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Viernes, 29 de noviembre de 2024
N.º 0232
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