Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-6143)
BOP-2024-6143 Reglamento regulador de uso de instalaciones deportivas municipales.
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habilitadas en el ejercicio de funciones de inspección o vigilancia, facultará a la inmediata
expulsión, cautelar del recinto deportivo. Procediendo de inmediato a la apertura del
correspondiente expediente sancionador, según las disposiciones vigentes en materia de
derecho administrativo sancionador, el cual será resuelto por la Administración.
Lasinfraccionesserán tipificadas:
GRAVES:
1. El ejercicio de cualquier acto de violencia contra personas o bienes.
2. Cualquier acto de menosprecio hacia el personal de las instalaciones.
3. La utilización maliciosa de las instalaciones en forma inadecuada.
4. La reiteración en la comisión de faltas leves.
5. Cualquier alteración grave de orden público.
LEVES:
1. En las expresadas en el apartado anterior, que por circunstancias o modo en que se
hubieren producido, no merezcan la consideración de graves.
2. Alteración leve del orden público.
3. Realización de cualquier acto que atente o perjudique levemente el buen
funcionamiento o la marcha de las actividades desarrolladas en las instalaciones.
SANCIONES:
Las faltasgraves, serán sancionadas con la imposibilidad de acceder al polideportivo e
instalaciones deportivas municipales, dependientes del Ayuntamiento de Cabezuela del Valle,
por tiempode uno a tres meses.
Las faltasleves, serán sancionadas con la imposibilidad de acceder al polideportivo e
instalaciones deportivas municipal, dependiente del Ayuntamiento de Cabezuela del Valle, por
tiempode uno a treinta días.
CVE:
BOP-2024-6143
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
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