Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabezuela del Valle. (BOP-2024-6143)
BOP-2024-6143 Reglamento regulador de uso de instalaciones deportivas municipales.
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Artículo 3.
En el Polideportivo e instalaciones deportivas podránpracticarse los deportes a los que
especialmente está destinado. Será también posible la práctica de otros deportes, siempre que
se pueda técnicamente y previa autorización municipal. Esta será otorgada discrecionalmente.
Artículo 4.
Por parte del ayuntamiento podrá autorizarse la utilización de las instalaciones para la
celebración de actos de distinto carácter, teniendo en cuenta el informe del responsable de las
instalaciones.
Artículo 5.
Se establece el siguiente orden de prioridades en las actividades deportivas:
1. Las organizadas, directamente, por el Ayuntamiento de Cabezuela del Valle.
2. Las propias de la finalidad de los clubes, asociaciones deportivas o agrupaciones, que
dado su carácter y número de participantes requieren del uso regular de las mismas.
3. Las de naturaleza deportiva organizada por entidades legales y de otras instituciones
u organismos públicos.
4. Las organizadas por patrocinadores privados de actividades deportivas.
Artículo 6.
Todos los usuarios de las instalaciones deberán observar las medidas de higiene establecidas,
así como velar por el buen estado de conservación de las instalaciones y servicios, debiendo
comunicar al Ayuntamiento cualquier anomalía que observen.
Artículo 7.
Los usuarios son responsables de los daños quepuedan sufrir las instalaciones o materiales,
quedando obligados a resarcir los gastos ocasionados.
Artículo 8.
No está permitido fumar, ni comer en ninguno de los recintos deportivos, incluyendo las gradas.
Igualmente se prohíbe el uso de aparatos de reproducción musical en todas las instalaciones.
CVE:
BOP-2024-6143
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 28 de noviembre de 2024
N.º 0231
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