Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-6084)
BOP-2024-6084 Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales.
17 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de la Villa de
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría General
contar con un seguro de responsabilidad civil y accidentes que cubran totalmente el
desarrollo de la actividad, asumiendo todas las consecuencias que pudieran surgir
respecto a las cuales el Ayuntamiento no tendrán ningún tipo de responsabilidad.
ARTÍCULO 5. Deberes de los Usuarios
Los usuarios deberán:
— Cuidar de los mismos, del mobiliario existente y comportarse con el debido
civismo.
— Cualquier usuario que advirtiese alguna deficiencia o deterioro, deberá
ponerlo en conocimiento de la concejalía correspondiente.
— Los daños causados en los locales y enseres en ellos existentes, serán
responsabilidad del titular de la autorización y el Ayuntamiento podrá exigir su
reparación.
ARTÍCULO 6. Prohibiciones
Estarán prohibidas las siguientes actuaciones:
— El uso de los locales para otra finalidad distinta a la autorizada.
— El uso de los locales para aquellas actividades que vulneren la legalidad.
— El uso de los locales para aquellas actividades que fomenten la violencia, el
racismo, la xenofobia y cualquier otra forma de discriminación o que atenten contra la
dignidad humana.
— El uso de los locales para aquellas actividades que impliquen crueldad o
maltrato para los animales, pueden ocasionarles sufrimientos o hacerles objeto de
tratamientos antinaturales.
CVE:
BOP-2024-6084
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 25 de noviembre de 2024
N.º 0228
Pág. 25494
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría General
contar con un seguro de responsabilidad civil y accidentes que cubran totalmente el
desarrollo de la actividad, asumiendo todas las consecuencias que pudieran surgir
respecto a las cuales el Ayuntamiento no tendrán ningún tipo de responsabilidad.
ARTÍCULO 5. Deberes de los Usuarios
Los usuarios deberán:
— Cuidar de los mismos, del mobiliario existente y comportarse con el debido
civismo.
— Cualquier usuario que advirtiese alguna deficiencia o deterioro, deberá
ponerlo en conocimiento de la concejalía correspondiente.
— Los daños causados en los locales y enseres en ellos existentes, serán
responsabilidad del titular de la autorización y el Ayuntamiento podrá exigir su
reparación.
ARTÍCULO 6. Prohibiciones
Estarán prohibidas las siguientes actuaciones:
— El uso de los locales para otra finalidad distinta a la autorizada.
— El uso de los locales para aquellas actividades que vulneren la legalidad.
— El uso de los locales para aquellas actividades que fomenten la violencia, el
racismo, la xenofobia y cualquier otra forma de discriminación o que atenten contra la
dignidad humana.
— El uso de los locales para aquellas actividades que impliquen crueldad o
maltrato para los animales, pueden ocasionarles sufrimientos o hacerles objeto de
tratamientos antinaturales.
CVE:
BOP-2024-6084
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 25 de noviembre de 2024
N.º 0228
Pág. 25494