Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-6084)
BOP-2024-6084 Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales.
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Ayuntamiento de la Villa de
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría General
— Duración [días/horas].
— Horario de la actividad.
— Lista de actividades a realizar.
— [En su caso] Número de ocupantes.
— Finalidad.
— Motivos de la solicitud.
Previa a la concesión de la autorización, la Alcaldía o la concejalía delegada
podrá solicitar cuantos documentos, informes o aclaraciones complementarias
considere oportuno.
Cuando sean varios los solicitantes, la concejalía se dirigirá, en el desarrollo de
las relaciones que puedan derivarse de la utilización, a la persona que se designe
expresamente a tal efecto, o en su defecto, al primero de los solicitantes.
La solicitud debe presentarse en el registro municipal con un mínimo de 14 días
hábiles a la utilización del espacio público solicitado.
Excepcionalmente y por causar sobrevenidas debidamente justificadas podrá
solicitarse con un plazo inferior al establecido anteriormente.
Los espacios públicos, podrán utilizarse siempre bajo autorización previa,
dentro de la jornada laboral del personal de los diferentes espacios públicos
requeridos. En el caso que sea necesario un uso en horario diferente al del personal
deberá ser autorizado por el Ayuntamiento señalando las limitaciones que supondría
en dicho uso (utilización de medio técnicos solamente manipulables por personal del
Ayuntamiento).
Los solicitantes deberán contar con todas las autorizaciones necesarias para el
desarrollo de la actividad para la que solicitan el uso del espacio público, debiendo
CVE:
BOP-2024-6084
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 25 de noviembre de 2024
N.º 0228
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