Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Moraleja. (BOP-2024-6084)
BOP-2024-6084 Ordenanza Municipal Reguladora de la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales.
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Ayuntamiento de la Villa de
MORALEJA (Cáceres)
Secretaría General
TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Objeto
El objeto de la presente Ordenanza es la regulación del uso temporal o
esporádico de edificios, locales e instalaciones municipales, de dominio público o
patrimoniales por asociaciones u organizaciones sin ánimo de lucro.
En todo caso será necesario para solicitar el uso de una instalación municipal
con carácter gratuito que la asociación de que se trate esté debidamente inscrita en el
Registro Municipal de Entidades del Excmo. Ayuntamiento de Moraleja o de la Junta de
Extremadura, así como que tenga su sede principal o realice su actividad en Moraleja.
Como excepción de lo dispuesto en el apartado anterior, las organizaciones
sindicales, políticas y empresariales deberán estar inscritas en el Registro competente,
a efectos de solicitar el uso de una instalación municipal.
Es fundamento legal del presente Reglamento la potestad que reconoce el
artículo 84 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
que establece que las Entidades Locales podrán intervenir en la actividad de los
ciudadanos a través de las Ordenanzas y los Bandos.
En cumplimiento del mismo, y siguiendo el procedimiento del artículo 49 de la
Ley de Bases de Régimen Local, se acuerda establecer la presente Ordenanza que
regule el uso temporal o esporádico de edificios, locales e instalaciones municipales de
dominio público o patrimoniales, por asociaciones u organizaciones sin ánimo de lucro.
Así pues, la presente Ordenanza tiene por objeto la regulación del uso de las
instalaciones culturales municipales y otras dependencias que tienen la condición de
bienes de servicio público.
Los requisitos y condiciones contenidos en la presente ordenanza serán
también aplicables a las autorizaciones que pueda otorgar el Ayuntamiento para la
ocupación de propiedades municipales de naturaleza patrimonial.
CVE:
BOP-2024-6084
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 25 de noviembre de 2024
N.º 0228
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