Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2024-6046)
BOP-2024-6046 Pliego para la adjudicación de la explotación de la barra, fiestas de Navidad 2024.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA VERA
Plaza Aniceto Marinas, 10470 Villanueva de la Vera, Cáceres
Estos gastos, cuando debieren ser satisfechos al Ayuntamiento de Villanueva de la Vera, se abonarán en
el mismo momento del pago del canon a que se hace referencia en la cláusula decimoquinta.
DÉCIMOSÉPTIMA.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario se obliga a:
• Mantener en buen estado la porción del dominio público utilizado y, en su caso, las obras e
instalaciones que realizare.
• Deberá dejar las instalaciones de la barra de bar y el espacio utilizado para la barra limpios y en
buen estado.
• Será responsable de los daños y deterioros que pudieran originarse por el mal uso o negligencia
en relación con la instalación de la barra de Bar.
• El concesionario se comprometerá a tener la Barra del Bar a disposición del público en horario
libre, teniendo abierto siempre que haya actividades, durante las fechas indicadas.
• Deberá estar el concesionario inscrito en los registros correspondientes y al corriente de las
obligaciones que, legal y reglamentariamente se establezcan para el ejercicio de la actividad de
Bar y cumplir las normas vigentes en materia laboral, de seguros sociales, previsión social,
quedando el Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera exonerado de responsabilidad en
caso de incumplimiento.
• Deberá responder de los daños causados a terceros como consecuencia de la prestación del
servicio. Se hace especial mención a la necesidad y obligatoriedad del control, calidad y
adecuación de los productos dispensados en la barra a los consumidores.
• Responder de los daños y perjuicios que pueda causar a los intereses municipales, que será
exigida con cargo a la garantía definitiva si ésta fuese suficiente, o en su caso, mediante
procedimiento administrativo.
• La concesión solamente tendrá efectos entre la Corporación Municipal y el titular de aquella, pero
no alterará las situaciones jurídicas privadas entre el concesionario y terceros, ni podrá ser
invocada para la ejecución o disminución de la responsabilidad en que hayan incurrido los
titulares de la concesión.
• Se establece la prohibición expresa para el adjudicatario de proceder a la cesión del
aprovechamiento de la Barra del Bar a otra u otras personas o entidades.
• El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales
o materiales suficientes para ello.
• Instalar el mobiliario necesario para el funcionamiento de la barra de bar
• Los gastos derivados del suministro de agua, gas y electricidad serán de cuenta del adjudicatario y
abonados junto con la renta o directamente a las empresas suministradoras, así como
cualesquiera otros gastos originados por el funcionamiento del servicio.
• Prestar el servicio con el personal cualificado necesario para una correcta ejecución del contrato,
el cual dependerá, única y exclusivamente del contratista, sin que tenga vinculación alguna con
el Ayuntamiento. Para ello deberá contratar al personal necesario para prestar el servicio objeto
de este contrato, con las condiciones fijadas en el pliego e informando al respecto al
Ayuntamiento con carácter previo al inicio y finalización del contrato, así como las incidencias de
dichas contrataciones.
• Prestar el servicio con diligencia, tratando al público con corrección, dentro de las normas de
convivencia ciudadana.
• Cumplir con las disposiciones aplicables en materia de actividades recreativas y establecimientos
públicos.
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Cód.
Validación:
6E45GEY9YYMAZWT537K7EZ7NW
Verificación:
https://villanuevadelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
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Viernes, 22 de noviembre de 2024
N.º 0227
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