Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Vera. (BOP-2024-6046)
BOP-2024-6046 Pliego para la adjudicación de la explotación de la barra, fiestas de Navidad 2024.
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EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA VERA
Plaza Aniceto Marinas, 10470 Villanueva de la Vera, Cáceres
Quien resultase propuesto adjudicatario deberá constituir una garantía del 5% del importe total del
contrato, calculado sobre el importe de adjudicación, que podrá presentarse por cualquiera de los
cauces señalados en el ordenamiento vigente.
La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de
garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato.
DÉCIMOTERCERA:- ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación adjudicará el contrato a favor del licitador que hubiese obtenido la mayor
puntuación y hubiese aportado la documentación prevista en la cláusula undécima, entre las que se
encuentra la aportación de la garantía definitiva.
No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible
de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego.
La adjudicación deberá ser motivada, se notificará a los licitadores y se publicará en el perfil del
contratante y en el Tablón de anuncios municipal.
DÉCIMOCUARTA.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los 5 días hábiles
siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación; constituyendo dicho
documento título suficiente para acceder a cualquier registro público.
El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los
correspondientes gastos.
Cuando por causas imputables al contratista no pudiere formalizarse el contrato dentro del plazo
indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, así como la incautación de la
garantía provisional que en su caso se hubiese constituido.
DÉCIMOQUINTA.- PAGO
El pago del importe de adjudicación del contrato será abonado al momento de la formalización del
contrato, sin que pueda llevarse a efecto dicha formalización en caso contrario.
En caso de falta de pago tras el oportuno requerimiento, se entenderá que el licitador ha retirado su
oferta.
DÉCIMOSEXTA.- GASTOS EXIGIBLES AL ADJUDICATARIO
Serán de cuenta del adjudicatario los gastos que se generen como consecuencia de los impuestos y tasas de
toda índole derivadas del contrato, así como los gastos de cuantas licencias, autorizaciones y permisos
procedan.
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Cód.
Validación:
6E45GEY9YYMAZWT537K7EZ7NW
Verificación:
https://villanuevadelavera.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
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CVE:
BOP-2024-6046
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 22 de noviembre de 2024
N.º 0227
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