Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2024-5920)
BOP-2024-5920 Ordenanza Reguladora de la Concesión de Ayuda de Apoyo a la Familia (natalidad).
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posteriores al nacimiento o adopción.
- Cuenta corriente bancaria donde se efectuará el ingreso.
- Compromiso de proceder a la devolución de la ayuda en el caso de dejar de cumplirse
alguno de los requisitos necesarios para su otorgamiento.
2. En caso de que la solicitud adolezca de alguno de los documentos considerados necesarios
para la resolución del expediente, se aplicará el procedimiento establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
3. El acuerdo de otorgamiento o denegación de la subvención se adoptará por el Alcalde
4. La resolución otorgando o denegando la ayuda, será notificada a los/as solicitantes
5. Aprobada la resolución, se abonará a los/as beneficiarios/as el importe de la ayuda, previa
justificación del gasto a través de las correspondientes facturas o documentos equivalentes;
gastos relacionados con el objeto de la ayuda.
ARTÍCULO 6. Responsabilidades.
Cualquier falsedad que se detecte dará lugar al no reconocimiento de la ayuda o, caso de
haberla percibido ya, a la devolución de la misma con los intereses legales correspondientes,
independientemente de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que se
pudiesen exigir.
El reintegro de la ayuda, cuando proceda, se exigirá por la vía administrativa de apremio.
ARTÍCULO 7. Compatibilidades.
Las ayudas serán compatibles con las ayudas que puedan obtenerse de los Organismos
oficiales del Estado, de la Comunidad Autónoma, de la Provincia o de la Comarca.
ARTÍCULO 8. Régimen Jurídico.
La Normativa que regula la concesión de ayudas a la natalidad es la propia Ordenanza. Para lo
no previsto en la misma, se tendrá presente la Normativa administrativa reguladora de régimen
local, en su defecto, de carácter general.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Se tendrá derecho a percibir la correspondiente ayuda por aquellos nacimientos o adopciones
CVE:
BOP-2024-5920
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de noviembre de 2024
N.º 0224
Pág. 24820
- Cuenta corriente bancaria donde se efectuará el ingreso.
- Compromiso de proceder a la devolución de la ayuda en el caso de dejar de cumplirse
alguno de los requisitos necesarios para su otorgamiento.
2. En caso de que la solicitud adolezca de alguno de los documentos considerados necesarios
para la resolución del expediente, se aplicará el procedimiento establecido en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
3. El acuerdo de otorgamiento o denegación de la subvención se adoptará por el Alcalde
4. La resolución otorgando o denegando la ayuda, será notificada a los/as solicitantes
5. Aprobada la resolución, se abonará a los/as beneficiarios/as el importe de la ayuda, previa
justificación del gasto a través de las correspondientes facturas o documentos equivalentes;
gastos relacionados con el objeto de la ayuda.
ARTÍCULO 6. Responsabilidades.
Cualquier falsedad que se detecte dará lugar al no reconocimiento de la ayuda o, caso de
haberla percibido ya, a la devolución de la misma con los intereses legales correspondientes,
independientemente de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que se
pudiesen exigir.
El reintegro de la ayuda, cuando proceda, se exigirá por la vía administrativa de apremio.
ARTÍCULO 7. Compatibilidades.
Las ayudas serán compatibles con las ayudas que puedan obtenerse de los Organismos
oficiales del Estado, de la Comunidad Autónoma, de la Provincia o de la Comarca.
ARTÍCULO 8. Régimen Jurídico.
La Normativa que regula la concesión de ayudas a la natalidad es la propia Ordenanza. Para lo
no previsto en la misma, se tendrá presente la Normativa administrativa reguladora de régimen
local, en su defecto, de carácter general.
DISPOSICIÓN ADICIONAL.
Se tendrá derecho a percibir la correspondiente ayuda por aquellos nacimientos o adopciones
CVE:
BOP-2024-5920
Verificable
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http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de noviembre de 2024
N.º 0224
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