Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cedillo. (BOP-2024-5920)
BOP-2024-5920 Ordenanza Reguladora de la Concesión de Ayuda de Apoyo a la Familia (natalidad).
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que tengan lugar a partir del 01 de enero de 2024
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del
Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 14/10/2024 entrará en vigor una vez publicado su
texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el
artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la misma, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala
de la contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/a en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el
texto de la modificación de la Ordenanza municipal estará a disposición de los/as
interesados/as en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente
aprobado el Acuerdo de modificación de la mencionada Ordenanza sin necesidad de acuerdo
expreso.
Cedillo, 14 de noviembre de 2024
Antonio González Riscado
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5920
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de noviembre de 2024
N.º 0224
Pág. 24821
DISPOSICIÓN FINAL.
La presente Ordenanza, cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Pleno del
Ayuntamiento en sesión celebrada en fecha 14/10/2024 entrará en vigor una vez publicado su
texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia y haya transcurrido el plazo previsto en el
artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por remisión de lo dispuesto en el artículo 70.2 de
la misma, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala
de la contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con sede en
Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente
anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado/a en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el
texto de la modificación de la Ordenanza municipal estará a disposición de los/as
interesados/as en la Sede Electrónica del Ayuntamiento.
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente
aprobado el Acuerdo de modificación de la mencionada Ordenanza sin necesidad de acuerdo
expreso.
Cedillo, 14 de noviembre de 2024
Antonio González Riscado
ALCALDE - PRESIDENTE
CVE:
BOP-2024-5920
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 19 de noviembre de 2024
N.º 0224
Pág. 24821