Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-5894)
BOP-2024-5894 EXTRACTO. Bases de la Convocatoria Pública para el otorgamiento de Subvenciones, en Régimen de Concurrencia Competitiva, a los Clubes / Asociaciones Deportivas de Casar de Cáceres, ejercicio 2024.
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en el concepto de la transferencia el número de factura, o, en su defecto, el concepto
abonado (suficientemente detallado), y copia del extracto bancario en que figure el
gasto.
- Domiciliación bancaria. Se justificará mediante la notificación bancaria del adeudo, y
copia del extracto bancario en que figure el gasto.
- Cheque. Se justificará mediante copia del cheque emitido a nombre del/a proveedor/a
que emite la factura y copia del extracto bancario en que figure el gasto.
- Tarjeta bancaria. Resguardo del pago con tarjeta de crédito o débito.
- En caso de pago en metálico. El pago de las facturas se acreditará con la mención de
"recibí" "recibí en efectivo", o "pagado", con la fecha, N.I.F. y firma del expendedor, o en
su defecto, certificado extendido por este último en tal sentido.
En todos los documentos justificativos del pago, deberá aparecer claramente el concepto del
mismo, su vinculación a la actividad o proyecto subvencionado y la fecha de materialización del
pago, debiendo hacer constar de forma clara, en consecuencia, para ser conformes:
a) La fecha-valor del pago, que debe ser como máximo la fecha tope de justificación.
b) La identificación del/a beneficiario/a del pago y del ordenante del mismo: el/a
ordenante del pago debe ser el/a beneficiario/a de la ayuda (coincidencia de CIF y
denominación social).
c) Concepto en que se ordena el pago, con remisión al número o números de facturas a
que corresponde (si el documento de pago como tal no hace referencia a la/s factura/s,
deberá ir acompañado de la documentación complementaria que permita verificar la
correspondencia entre gasto y pago).
No se aceptarán aquellos documentos de pago que, aun siendo conformes con los requisitos
formales señalados anteriormente, no permitan identificar claramente las facturas vinculadas al
proyecto a las que corresponden.
Con respecto a las transferencias on line, realizadas mediante dispositivos móviles,
ordenadores, tablets etc., solo se admitirán los documentos de pago tipo resguardo o extracto
bancario, emitidos por las entidades correspondientes, de la operación efectuada. Se excluyen
expresamente imágenes o "pantallazos" como justificantes de operación.
CVE:
BOP-2024-5894
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Lunes, 18 de noviembre de 2024
N.º 0223
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