Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-5850)
BOP-2024-5850 Acuerdo Regulador de la Carrera Profesional Horizontal de los/a Empleados/as Públicos/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Trujillo
idéntica proporcionalidad a efectos de adopción de acuerdos.
Las funciones específicas de la Comisión de Seguimiento e Interpretación serán las siguientes:
Resolución de conflictos de interpretación y aplicación de la totalidad del articulado y anexos del
presente Acuerdo.
Conocer e Informar cualquier conflicto colectivo derivado de la aplicación e interpretación del presente
acuerdo, con carácter previo a la resolución extrajudicial de conflictos colectivos.
Elaborar y aprobar su reglamento de funcionamiento interno.
Intervenir en la resolución de cuantas cuestiones deriven del procedo de concreción del contenido del
presente Acuerdo.
Proponer propuestas que mejoren el desarrollo y aplicación del presente Acuerdo.
La Valoración de los requisitos y méritos necesarios para el acceso los distintos niveles de carrera pro-
fesional, que hayan sido presentados en las solicitudes
La Comisión Paritaria se reunirá con carácter ordinario una vez al año. Con carácter extraordinario se
reunirá cuando así lo decida cualquiera de las partes o por acuerdo de éstas.
DÉCIMO. La Presidencia será el órgano competente para el reconocimiento del complemento de
carrera en sus diferentes niveles a propuesta de la Comisión Evaluadora. El complemento de carrera
profesional respectivo a los Niveles I y II podrá ser reconocido en cualquier momento a partir de la fecha de
entrada en vigor del presente acuerdo.
Respecto a los niveles III y IV se establece un calendario de aplicación, adquiriendo el Ayuntamiento
un compromiso presupuestario para los siguientes ejercicios, debiendo garantizar el reconocimiento de la
totalidad de los niveles en los siguientes términos:
NIVELES NIVEL I NIVEL II NIVEL III NIVEL IV
FECHA DE
APLICACIÓN/ABO
NO
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
2024
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
2024
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
2025
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
2026
DÉCIMOPRIMERO. Los méritos y requisitos necesarios para la consecución de los distintos niveles
de carrera profesional serán los siguientes:
Nivel 1: Sólo se tendrá en cuenta el tiempo de ejercicio profesional para el acceso a este nive1, 5 años,
no debiendo ser adjuntada a la solicitud la documentación que ya obre en el Servicio de Recursos Humanos
para acreditar la condición de personal funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal interino o
personal indefinido de esa u otras Administraciones Públicas.
Nivel 2: Sin perjuicio del tiempo de ejercicio profesional requerido, Formación: por la realización de
cursos de formación y perfeccionamiento, que en cómputo total deberán alcanzar 100 horas, organizados por
la Administración Pública o centros homologados por las mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación
Continua de las Administraciones Públicas independientemente del promotor de los mismos. La formación se
acreditará mediante la presentación de original o fotocopia compulsada del diploma o documento acreditativo
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
CVE:
BOP-2024-5850
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de noviembre de 2024
N.º 0221
Pág. 24516
idéntica proporcionalidad a efectos de adopción de acuerdos.
Las funciones específicas de la Comisión de Seguimiento e Interpretación serán las siguientes:
Resolución de conflictos de interpretación y aplicación de la totalidad del articulado y anexos del
presente Acuerdo.
Conocer e Informar cualquier conflicto colectivo derivado de la aplicación e interpretación del presente
acuerdo, con carácter previo a la resolución extrajudicial de conflictos colectivos.
Elaborar y aprobar su reglamento de funcionamiento interno.
Intervenir en la resolución de cuantas cuestiones deriven del procedo de concreción del contenido del
presente Acuerdo.
Proponer propuestas que mejoren el desarrollo y aplicación del presente Acuerdo.
La Valoración de los requisitos y méritos necesarios para el acceso los distintos niveles de carrera pro-
fesional, que hayan sido presentados en las solicitudes
La Comisión Paritaria se reunirá con carácter ordinario una vez al año. Con carácter extraordinario se
reunirá cuando así lo decida cualquiera de las partes o por acuerdo de éstas.
DÉCIMO. La Presidencia será el órgano competente para el reconocimiento del complemento de
carrera en sus diferentes niveles a propuesta de la Comisión Evaluadora. El complemento de carrera
profesional respectivo a los Niveles I y II podrá ser reconocido en cualquier momento a partir de la fecha de
entrada en vigor del presente acuerdo.
Respecto a los niveles III y IV se establece un calendario de aplicación, adquiriendo el Ayuntamiento
un compromiso presupuestario para los siguientes ejercicios, debiendo garantizar el reconocimiento de la
totalidad de los niveles en los siguientes términos:
NIVELES NIVEL I NIVEL II NIVEL III NIVEL IV
FECHA DE
APLICACIÓN/ABO
NO
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
2024
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
2024
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
2025
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
2026
DÉCIMOPRIMERO. Los méritos y requisitos necesarios para la consecución de los distintos niveles
de carrera profesional serán los siguientes:
Nivel 1: Sólo se tendrá en cuenta el tiempo de ejercicio profesional para el acceso a este nive1, 5 años,
no debiendo ser adjuntada a la solicitud la documentación que ya obre en el Servicio de Recursos Humanos
para acreditar la condición de personal funcionario de carrera, personal laboral fijo, personal interino o
personal indefinido de esa u otras Administraciones Públicas.
Nivel 2: Sin perjuicio del tiempo de ejercicio profesional requerido, Formación: por la realización de
cursos de formación y perfeccionamiento, que en cómputo total deberán alcanzar 100 horas, organizados por
la Administración Pública o centros homologados por las mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación
Continua de las Administraciones Públicas independientemente del promotor de los mismos. La formación se
acreditará mediante la presentación de original o fotocopia compulsada del diploma o documento acreditativo
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
CVE:
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Verificable
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N.º 0221
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