Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Trujillo. (BOP-2024-5850)
BOP-2024-5850 Acuerdo Regulador de la Carrera Profesional Horizontal de los/a Empleados/as Públicos/as.
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Ayuntamiento de Trujillo
de la realización del curso o actividad formativa correspondiente.
Nivel 3: Formación: por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento, que en cómputo
total deberán alcanzar 125 horas, organizados por la Administración Pública o centros homologados por las
mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones Públicas
independientemente del promotor de los mismos. La formación se acreditará mediante la presentación de
original o fotocopia compulsada del diploma o documento acreditativo de la realización del curso o actividad
formativa correspondiente.
Nivel 4: Formación: por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento, que en
cómputo total deberán alcanzar 150 horas, organizados por la Administración Pública o centros homologados
por las mismas o acogidos al Plan Nacional de Formación Continua de las Administraciones Públicas
independientemente del promotor de los mismos. La formación se acreditará mediante la presentación de
original o fotocopia compulsada del diploma o documento acreditativo de la realización del curso o actividad
formativa correspondiente.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA. Los empleados públicos que se encuentren en la
situación de servicio activo y presten servicio para el Excmo. Ayuntamiento de Trujillo, podrán solicitar el
reconocimiento de los distintos niveles a partir de que adquiera firmeza el presente acuerdo previa publicación
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 10 del presente
acuerdo, relativo al calendario de ejercicios presupuestario de aplicación y reconocimiento de los restantes
niveles. El reconocimiento se hará en el puesto a que se hace referencia en el apartado 4 del presente acuerdo, en
que el empleado público se encuentre en activo, o desde el que haya accedido en su caso a la situación de
servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género,
computándose como ejercicio profesional efectivamente desempeñado el tiempo que haya permanecido en esas
situaciones, o el tiempo dedicado a funciones sindicales o representación de personal.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA. En caso de modificación normativa autonómica o
básica estatal en desarrollo de la carrera profesional, en los términos establecidos en el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, el contenido de este acuerdo se adaptará a
las disposiciones de la misma que sean de aplicación obligatoria para el Ayuntamiento Trujillo.
DISPOSICIÓN FINAL. El presente acuerdo entrará en vigor, tras aprobación por el Pleno de la
Corporación, con su publicación en el Boletín Oficial de la Provincial, adquiriendo desde entonces eficacia
obligacional y normativa y vinculando directamente a las partes.
Ayuntamiento de Trujillo
Paseo Ruiz de Mendoza, 8, Trujillo. 10200 (Cáceres). Tfno. 927321050. Fax: 927659084
CVE:
BOP-2024-5850
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 14 de noviembre de 2024
N.º 0221
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