Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acehúche. (BOP-2024-5798)
BOP-2024-5798 Aprobación definitiva Modificación Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras (vados).
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Ayuntamiento de Acehúche
adopten acuerdos que hicieran posible las infracciones.
Asimismo, tales administradores responderán subsidiariamente de las
obligaciones tributarias que estén pendientes de cumplimentar por las personas
jurídicas que hayan cesado en sus actividades.
4. Serán responsables subsidiarios los síndicos, interventores o
liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades en general, cuando por
negligencia o mala fe no realicen las gestiones necesarias para el total cumplimiento
de las obligaciones tributarias devengadas con anterioridad a dichas situaciones y
que sean imputables a los respectivos sujetos pasivos.
NORMAS DE GESTION
Artículo 8.- 1. Las entidades o particulares interesados en la concesión
de los aprovechamientos regulados por esta ordenanza, presentarán en el
Ayuntamiento solicitud detallada de la extensión y carácter del aprovechamiento
requerido.
2. También deberán presentar la oportuna declaración en caso de
alteración o baja de los aprovechamientos ya concedidos desde que el hecho se
produzca hasta el último día del mes natural siguiente al en que tal hecho tuvo lugar.
Quienes incumplan tal obligación seguirán obligados al pago del tributo. Tales
declaraciones surtirán efecto a partir del semestre siguiente a aquel en que se
formulen.
3. Los titulares de las licencias, incluso los que estuvieran exentos del
pago de derechos, deberán proveerse de placas reglamentarias para la señalización
del aprovechamiento. En tales placas constará el número de registro de la
autorización y deberán ser instaladas, de forma permanente delimitando la longitud
del aprovechamiento, corriendo por cuenta del titular del aprovechamiento los costes
de adquisición de las mismas.
4. La falta de instalación de las placas, o el empleo de otras distintas a las
reglamentarias, impedirá a los titulares de las licencias el ejercicio de su derecho al
aprovechamiento.
5. Los titulares de las licencias, habrán de ajustar las placas
reglamentarias de que han de proveerse, al modelo en cuanto a dimensiones y
estructura que el Ayuntamiento tenga establecido. Pudiendo adquirir las placas en
donde estimen pertinente.
6. La desaparición de badenes será por cuenta del propietario quien
deberá solicitar, previamente, la oportuna autorización.
7. Cuando el titular del aprovechamiento solicite la baja, ésta no será
efectiva hasta que se compruebe por el personal municipal la retirada de la oportuna
placa informativa del lugar de la reserva.
Ayuntamiento de Acehúche
Avenida Juan de Morales, 64, Acehúche. 10879 (Cáceres). Tfno. 927374142. Fax: 927374178
Cód.
Validación:
6DSMJL9LZZQRCG5AKAYK9QGDD
Verificación:
https://acehuche.sedelectronica.es/
Documento
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electrónicamente
desde
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Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
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