Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Acebo. (BOP-2024-5795)
BOP-2024-5795 Bases para la constitución de una bolsa de trabajo para la provisión interina del puesto de Secretaría - Intervención de la agrupación Acebo-Torre de Don Miguel.
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Ayuntamiento de Acebo
Ayuntamiento de Acebo
Plza. Mayor, 1, Acebo. 10857 (Cáceres). Tfno. 927141677. Fax: 927141677
4.3. Las instancias firmadas según el Anexo I de estas Bases,deberán ir acompañadas de la siguiente
documentación:
a) Copia del D.N.I. o de documento acreditativo de la identidad del solicitante.
b) Copia de la titulación exigida.
Se deberán presentar según el modelo del ANEXO I
4.4. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes se expondrá en la Sede Electrónica del
Ayuntamiento de Acebo, la lista provisional de admitidos y excluidos, otorgándose un plazo de
reclamaciones de cinco días hábiles.
4.5. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones a la lista provisional se expondrá igualmente en la
Sede electrónica del Ayuntamiento, la lista definitiva, así como la fecha, lugar y hora de celebración de
las pruebas, debiendo transcurrir al dos días hábiles entre dicha publicación y la celebración de las
mismas.
5. Procedimiento selectivo y calificación.
5.1.-El procedimiento de selección de los aspirantes constará de OPOSICIÓN, de la forma que a
continuación se indica:
A) Oposición:
Consistirá en la resolución por escrito, durante el tiempo que el Tribunal señale, de dos o más
supuestos prácticos relacionados con las materias objeto del puesto de trabajo, que será propuesto por
el Tribunal en el momento previo a la celebración del examen, conforme al temario de la subescala de
Secretaría-Intervención, por la Orden TDF/782/2024, de 23 de julio, por la que se convocan pruebas
selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría-
Intervención de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter
nacional. BOE 26 de julio de 2024.
Se podrán utilizar los textos legales que el aspirante considere necesarios a excepción de aquellos que
estén comentados o contengan formularios; así como máquinas de calcular estándar y científicas, pero
que no sean programables ni financieras.
Este ejercicio tendrá carácter obligatorio para todos los aspirantes y será calificado por el Tribunal de 0
a 10 puntos, quedando eliminados aquéllos que no tengan una puntuación mínima de 5 puntos.
En caso de empate el orden de prelación en la bolsa de empleo se resolverá por sorteo
6. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Acebo la relación de todos aspirantes presentados con indicación de las puntuaciones provisionales
obtenidas y el nombre del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, otorgando un plazo de 5
días hábiles a efectos de alegaciones y reclamaciones.
Si durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones las puntuaciones provisionales se elevarán
automáticamente a definitivas. En su caso, si hubiera reclamaciones, el Tribunal, previo examen de las
CVE:
BOP-2024-5795
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
Pág. 24266
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4.3. Las instancias firmadas según el Anexo I de estas Bases,deberán ir acompañadas de la siguiente
documentación:
a) Copia del D.N.I. o de documento acreditativo de la identidad del solicitante.
b) Copia de la titulación exigida.
Se deberán presentar según el modelo del ANEXO I
4.4. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes se expondrá en la Sede Electrónica del
Ayuntamiento de Acebo, la lista provisional de admitidos y excluidos, otorgándose un plazo de
reclamaciones de cinco días hábiles.
4.5. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones a la lista provisional se expondrá igualmente en la
Sede electrónica del Ayuntamiento, la lista definitiva, así como la fecha, lugar y hora de celebración de
las pruebas, debiendo transcurrir al dos días hábiles entre dicha publicación y la celebración de las
mismas.
5. Procedimiento selectivo y calificación.
5.1.-El procedimiento de selección de los aspirantes constará de OPOSICIÓN, de la forma que a
continuación se indica:
A) Oposición:
Consistirá en la resolución por escrito, durante el tiempo que el Tribunal señale, de dos o más
supuestos prácticos relacionados con las materias objeto del puesto de trabajo, que será propuesto por
el Tribunal en el momento previo a la celebración del examen, conforme al temario de la subescala de
Secretaría-Intervención, por la Orden TDF/782/2024, de 23 de julio, por la que se convocan pruebas
selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala de Secretaría-
Intervención de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter
nacional. BOE 26 de julio de 2024.
Se podrán utilizar los textos legales que el aspirante considere necesarios a excepción de aquellos que
estén comentados o contengan formularios; así como máquinas de calcular estándar y científicas, pero
que no sean programables ni financieras.
Este ejercicio tendrá carácter obligatorio para todos los aspirantes y será calificado por el Tribunal de 0
a 10 puntos, quedando eliminados aquéllos que no tengan una puntuación mínima de 5 puntos.
En caso de empate el orden de prelación en la bolsa de empleo se resolverá por sorteo
6. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de
Acebo la relación de todos aspirantes presentados con indicación de las puntuaciones provisionales
obtenidas y el nombre del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, otorgando un plazo de 5
días hábiles a efectos de alegaciones y reclamaciones.
Si durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones las puntuaciones provisionales se elevarán
automáticamente a definitivas. En su caso, si hubiera reclamaciones, el Tribunal, previo examen de las
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