Sección I - Administración Local. Provincia. Diputación Provincial de Cáceres. (BOP-2024-5794)
BOP-2024-5794 Normas reguladoras y Convocatoria Subvenciones Operadores/as TIC, Mancomunidades Integrales de la provincia 2025.
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RESOLUCIÓN
A la vista del expediente, el órgano instructor formulará propuesta de resolución provisional debidamente
motivada, que se notificará a las entidades interesadas, abriéndose un plazo de diez días para la
presentación de alegaciones.
En lo que respecta a la reformulación, NO se admitirá reformulación de la solicitud, en virtud de la existencia
de consignación presupuestaria suficiente para los importes máximos permitidos en lo relativo a gastos de
personal para cada una de las Mancomunidades Integrales existentes en la provincia y considerándose los
gastos de desplazamiento como accesorios a dicha prestación.
Se podrá prescindir del trámite de alegaciones cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en
cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por las entidades interesadas. En este
caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.
Examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por las entidades interesadas, se formulará la
propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación de solicitantes para los que se propone
la concesión de subvención, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración
aplicados.
El órgano competente para la resolución de la convocatoria será la Vicepresidenta Segunda de la
Diputación, o persona en quien delegue. La resolución contendrá la relación de solicitantes a los que se
concede la subvención y la desestimación expresa de las restantes solicitudes, así como una relación
ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas
establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimadas
por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación
otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos en la misma. El órgano
competente podrá declarar desierto el procedimiento, o no agotar el importe total previsto o el crédito
disponible de la correspondiente aplicación presupuestaria.
Las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario
propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución final del procedimiento no podrá exceder de seis
meses, a contar a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, transcurrido el cual la solicitud
de concesión de la subvención se entenderá desestimada por silencio administrativo.
No se requerirá a las entidades beneficiarias la aceptación fehaciente de las ayudas, que se entenderá en
todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.
En el caso de que alguna de las entidades beneficiarias renunciase a la subvención concedida, el órgano
gestor podrá proponer a la Vicepresidencia Segunda, sin necesidad de una nueva convocatoria, la
concesión de la subvención a la entidad solicitante o entidades solicitantes siguientes a aquél en orden de
su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguna de las entidades beneficiarias, se haya
liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes denegadas.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS
Todas las comunicaciones y notificaciones, correspondientes a los actos administrativos que se dicten
durante la tramitación del procedimiento (resolución provisional de concesión, resolución definitiva, etc),
registradas a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres, se incorporarán a los
expedientes y estarán disponibles a lo largo de toda la tramitación telemática en dicha sede.
Se pondrá a disposición de las entidades solicitantes un sistema complementario de alertas por medio de
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CVE:
BOP-2024-5794
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 13 de noviembre de 2024
N.º 0220
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