Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ruanes. (BOP-2024-5781)
BOP-2024-5781 Aprobación inicial Ordenanza de Documentos Administrativos y Actos con contenido Urbanístico.
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Ayuntamiento de Ruanes
urbanística que estén gravados por otra Tasa municipal o por los que se exija un
precio público por este Ayuntamiento.
Artículo 3. Sujetos pasivos.
Son sujetos pasivos, en concepto de contribuyentes, las personas
físicas o jurídicas y las entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley
General Tributaria, que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la
expedición o emisión del documento.
El presentador de los documentos tendrá el carácter de mandatario del
sujeto pasivo y sustituirá a éste a efectos de esta Ordenanza en las obligaciones
fiscales que se deriven de la solicitud presentada
Artículo 4. Responsables.
Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto
pasivo las personas físicas y jurídicas a que se refieren los artículos 42 de la Ley
General Tributaria.
Serán responsables subsidiarios los administradores de las sociedades
y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y
entidades en general, en los supuestos y con el alcance que señala el artículo 43
de la Ley General Tributaria.
Artículo 5. Exenciones y bonificaciones.
1.- Gozarán de exención los documentos requeridos a través de los
Servicios Sociales de este Ayuntamiento para expedientes tramitados por dicho
Servicio, y la compulsa de los documentos que se exijan por este Ayuntamiento
para surtir efecto ante este Ayuntamiento o cualquiera de sus Organismos
Autónomos.
2.- No se concederá bonificación alguna de los importes de las cuotas
tributarias señaladas en la Tarifa de esta Tasa.
Artículo 6. Cuota tributaria.
La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada de
acuerdo con la naturaleza de los documentos o expedientes a tramitar y según
las tarifas que figuran en el Anexo I de esta Ordenanza Fiscal.
La tarifa a aplicar corresponde a la tramitación completa, en cada
instancia, de toda clase de expedientes de competencia municipal, desde su
iniciación hasta su resolución final, incluida la certificación y notificación al
interesado del acuerdo o resolución recaído.
Artículo 8. Devengo.
Se devenga la Tasa y nace la obligación de contribuir cuando se
presente la solicitud que inicie la tramitación de los documentos y expedientes
sujetos al tributo.
Ayuntamiento de Ruanes
PLAZA ESPAÑA, 1, RUANES. 10272 (Cáceres). Tfno. 927337002. Fax: 927337055
Cód.
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H9WSSJ735CPHQX7Y4GP7K5RJD
Verificación:
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Martes, 12 de noviembre de 2024
N.º 0219
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