Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casar de Cáceres. (BOP-2024-5706)
BOP-2024-5706 EXTRACTO. Bases de la Convocatoria Pública para el otorgamiento de Subvenciones, en Régimen de Concurrencia Competitiva, a las Asociaciones de Casar de Cáceres, ejercicio 2024.
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social).
c) Datos identificativos del/a destinatario/a (nombre/razón social, NIF/CIF,
domicilio/domicilio social).
d) Importes, con desglose de IVA y tipo impositivo aplicable (y, en su caso, retenciones a
cuenta, descuentos,...).
e) Descripción de los bienes o servicios que se facturan de forma clara y precisa,
estando lo suficientemente detallados, de manera que permita apreciar la vinculación al
proyecto/subproyecto.
No se considerarán válidas, a efectos de justificación, las facturas emitidas a persona jurídica o
física distinta de la entidad beneficiaria.
La justificación del pago deberá efectuarse como se explica seguidamente, finalizando el plazo
para efectuarlo el 31 de marzo de 2025.
- Transferencia bancaria. Copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar
en el concepto de la transferencia el número de factura, o, en su defecto, el concepto
abonado (suficientemente detallado), y copia del extracto bancario en que figure el
gasto.
- Domiciliación bancaria. Se justificará mediante la notificación bancaria del adeudo, y
copia del extracto bancario en que figure el gasto.
- Cheque. Se justificará mediante copia del cheque emitido a nombre del proveedor que
emite la factura y copia del extracto bancario en que figure el gasto.
- Tarjeta bancaria. Resguardo del pago con tarjeta de crédito o débito.
- En caso de pago en metálico. El pago de las facturas se acreditará con la mención de
“recibí” “recibí en efectivo”, o “pagado”, con la fecha, N.I.F. y firma del expendedor, o en
su defecto, certificado extendido por este último en tal sentido.
En todos los documentos justificativos del pago, deberá aparecer claramente el concepto del
mismo, su vinculación a la actividad o proyecto subvencionado y la fecha de materialización del
pago, debiendo hacer constar de forma clara, en consecuencia, para ser conformes:
La fecha-valor del pago, que debe ser como máximo la fecha tope de justificación.
CVE:
BOP-2024-5706
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Viernes, 8 de noviembre de 2024
N.º 0217
Pág. 23970
c) Datos identificativos del/a destinatario/a (nombre/razón social, NIF/CIF,
domicilio/domicilio social).
d) Importes, con desglose de IVA y tipo impositivo aplicable (y, en su caso, retenciones a
cuenta, descuentos,...).
e) Descripción de los bienes o servicios que se facturan de forma clara y precisa,
estando lo suficientemente detallados, de manera que permita apreciar la vinculación al
proyecto/subproyecto.
No se considerarán válidas, a efectos de justificación, las facturas emitidas a persona jurídica o
física distinta de la entidad beneficiaria.
La justificación del pago deberá efectuarse como se explica seguidamente, finalizando el plazo
para efectuarlo el 31 de marzo de 2025.
- Transferencia bancaria. Copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar
en el concepto de la transferencia el número de factura, o, en su defecto, el concepto
abonado (suficientemente detallado), y copia del extracto bancario en que figure el
gasto.
- Domiciliación bancaria. Se justificará mediante la notificación bancaria del adeudo, y
copia del extracto bancario en que figure el gasto.
- Cheque. Se justificará mediante copia del cheque emitido a nombre del proveedor que
emite la factura y copia del extracto bancario en que figure el gasto.
- Tarjeta bancaria. Resguardo del pago con tarjeta de crédito o débito.
- En caso de pago en metálico. El pago de las facturas se acreditará con la mención de
“recibí” “recibí en efectivo”, o “pagado”, con la fecha, N.I.F. y firma del expendedor, o en
su defecto, certificado extendido por este último en tal sentido.
En todos los documentos justificativos del pago, deberá aparecer claramente el concepto del
mismo, su vinculación a la actividad o proyecto subvencionado y la fecha de materialización del
pago, debiendo hacer constar de forma clara, en consecuencia, para ser conformes:
La fecha-valor del pago, que debe ser como máximo la fecha tope de justificación.
CVE:
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