Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2024-5624)
BOP-2024-5624 Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría - Intervención.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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3) Por haber aprobado alguna de las pruebas selectivas correspondientes para la formación
de lista de espera/bolsas de empleo para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios
con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría-Intervención, convocadas por las
Comunidades Autónomas: 0,25 puntos por prueba hasta un máximo de 0,50 puntos.
4) Por impartir o recibir másteres, cursos, jornadas o seminarios organizados por centros
oficiales o en colaboración con los mismos, y realizados sobre materias directamente relacionadas
con el puesto a cubrir, según la siguiente tabla, hasta un máximo de 0,5 puntos:
1. De 20 a 40 horas: 0,1 puntos cada uno.
2. De 41 a 100 horas: 0,2 puntos cada uno.
3. De 101 horas en adelante: 0,30 puntos cada uno.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas y los que no tengan ninguna duración establecida o
certificada, no se valorarán. Los que vengan establecidos en créditos serán computados a razón de
10 horas por cada uno de ellos.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de
presentación de instancias.
5.2.-Justificación de méritos: los méritos que hayan de valorarse en la fase de concurso se
acreditarán de la siguiente forma:
Los servicios prestados como Secretario-Interventor, Secretario o Interventor en Entidades Locales,
mediante resolución del órgano autonómico competente en materia de Administración Local donde
conste el nombramiento de que se trate, acta de toma de posesión y de cese, en su caso. La no
presentación de alguno estos documentos, tendrá como consecuencia directa la no valoración del
mérito alegado.
Los ejercicios superados en las pruebas selectivas para la provisión de puestos reservados a
funcionarios con habilitación de carácter nacional, mediante certificación expedida por el Tribunal
selectivo u órgano competente a quien corresponda.
Los cursos de formación mediante original o copia simple del diploma.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, el concurso-oposición consistirá en la práctica sucesiva de ambos sistemas,
en la cual precederá siempre la fase de oposición.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada una de las fases que lo componen.
6. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la Sede Electrónica del Ayuntamiento
la relación de todos aspirantes presentados con indicación de las puntuaciones provisionales
obtenidas y el nombre del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, otorgando un plazo de 5
días hábiles a efectos de alegaciones y reclamaciones.
Si durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones las puntuaciones provisionales se elevarán
automáticamente a definitivas. En su caso, si hubiera reclamaciones, el Tribunal, previo examen de
las mismas, adoptará el acuerdo que corresponda y hará pública en la Sede Electrónica, la relación
de puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes, junto con el nombre del aspirante que haya
obtenido la mayor puntuación, y lo elevará al Presidente de la Corporación para que remita a la Junta
de Extremadura la propuesta de nombramiento interino a favor del mismo.
CVE:
BOP-2024-5624
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de noviembre de 2024
N.º 0214
Pág. 23640
de lista de espera/bolsas de empleo para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios
con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría-Intervención, convocadas por las
Comunidades Autónomas: 0,25 puntos por prueba hasta un máximo de 0,50 puntos.
4) Por impartir o recibir másteres, cursos, jornadas o seminarios organizados por centros
oficiales o en colaboración con los mismos, y realizados sobre materias directamente relacionadas
con el puesto a cubrir, según la siguiente tabla, hasta un máximo de 0,5 puntos:
1. De 20 a 40 horas: 0,1 puntos cada uno.
2. De 41 a 100 horas: 0,2 puntos cada uno.
3. De 101 horas en adelante: 0,30 puntos cada uno.
Los que tengan una duración inferior a 20 horas y los que no tengan ninguna duración establecida o
certificada, no se valorarán. Los que vengan establecidos en créditos serán computados a razón de
10 horas por cada uno de ellos.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de
presentación de instancias.
5.2.-Justificación de méritos: los méritos que hayan de valorarse en la fase de concurso se
acreditarán de la siguiente forma:
Los servicios prestados como Secretario-Interventor, Secretario o Interventor en Entidades Locales,
mediante resolución del órgano autonómico competente en materia de Administración Local donde
conste el nombramiento de que se trate, acta de toma de posesión y de cese, en su caso. La no
presentación de alguno estos documentos, tendrá como consecuencia directa la no valoración del
mérito alegado.
Los ejercicios superados en las pruebas selectivas para la provisión de puestos reservados a
funcionarios con habilitación de carácter nacional, mediante certificación expedida por el Tribunal
selectivo u órgano competente a quien corresponda.
Los cursos de formación mediante original o copia simple del diploma.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.5 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura, el concurso-oposición consistirá en la práctica sucesiva de ambos sistemas,
en la cual precederá siempre la fase de oposición.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en cada una de las fases que lo componen.
6. Lista de aprobados y propuesta de nombramiento.
Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en la Sede Electrónica del Ayuntamiento
la relación de todos aspirantes presentados con indicación de las puntuaciones provisionales
obtenidas y el nombre del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, otorgando un plazo de 5
días hábiles a efectos de alegaciones y reclamaciones.
Si durante dicho plazo no se presentaran reclamaciones las puntuaciones provisionales se elevarán
automáticamente a definitivas. En su caso, si hubiera reclamaciones, el Tribunal, previo examen de
las mismas, adoptará el acuerdo que corresponda y hará pública en la Sede Electrónica, la relación
de puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes, junto con el nombre del aspirante que haya
obtenido la mayor puntuación, y lo elevará al Presidente de la Corporación para que remita a la Junta
de Extremadura la propuesta de nombramiento interino a favor del mismo.
CVE:
BOP-2024-5624
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de noviembre de 2024
N.º 0214
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