Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Majadas. (BOP-2024-5624)
BOP-2024-5624 Bases para la provisión interina del puesto de Secretaría - Intervención.
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4.3. Las instancias firmadas según el Anexo I de estas Bases,deberán ir acompañadas de la siguiente
documentación:
a) Copia del D.N.I. o de documento acreditativo de la identidad del solicitante.
b) Copia de la titulación exigida.
Se deberán presentar según el modelo del ANEXO I
4.4. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes se expondrá en la Sede Electrónica del
Ayuntamiento (https://majadas.sedelectronica.es), la lista provisional de admitidos y excluidos,
otorgándose un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles.
4.5. Una vez transcurrido el plazo de reclamaciones a la lista provisional se expondrá igualmente en
la Sede electrónica del Ayuntamiento, la lista definitiva, así como la fecha, lugar y hora de celebración
de las pruebas, debiendo transcurrir al dos días hábiles entre dicha publicación y la celebración de las
mismas.
5. Procedimiento selectivo y calificación.
5.1.- El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las fases de CONCURSO-
OPOSICIÓN, de la forma que a continuación se indica:
A) Oposición:
Consistirá en la resolución por escrito, durante el tiempo que el Tribunal señale, de dos o más
supuestos prácticos relacionados con las materias objeto del puesto de trabajo, que será propuesto
por el Tribunal en el momento previo a la celebración del examen, conforme al temario de la
subescala de Secretaría-Intervención, por la Orden TDF/782/2024, de 23 de julio, por la que se
convocan pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Subescala
de Secretaría-Intervención de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de
carácter nacional . BOE 26 de julio de 2024.
Se podrán utilizar los textos legales que el aspirante considere necesarios a excepción de aquellos
que estén comentados o contengan formularios; así como máquinas de calcular estándar y
científicas, pero que no sean programables ni financieras.
Este ejercicio tendrá carácter obligatorio para todos los aspirantes y será calificado por el Tribunal de
0 a 10 puntos, quedando eliminados aquéllos que no tengan una puntuación mínima de 5 puntos.
B) Concurso:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio.
El Tribunal examinará los méritos presentados por los aspirantes y los calificará con arreglo al
siguiente baremo:
1) Por cada mes completo de servicios prestados por el aspirante con nombramiento
interino en puestos reservados en Entidades Locales, hasta un máximo de 2,00 puntos:
1. Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría-Intervención: 0,04 puntos
por mes de servicio.
2. Si se trata de puestos reservados a la subescala de Secretaría o de Intervención-
Tesorería: 0,02 puntos por mes de servicio.
2) Por haber aprobado alguno de los ejercicios correspondientes a las pruebas selectivas
convocadas por el Ministerio competente o por las Comunidades Autónomas, para el acceso a la
subescala de Secretaría-Intervención: 0,5 puntos por ejercicio, con un máximo de 1,00 puntos.
CVE:
BOP-2024-5624
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 5 de noviembre de 2024
N.º 0214
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