Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdefuentes. (BOP-2024-5574)
BOP-2024-5574 Aprobación definitiva de la modificación parcial Ordenanza Reguladora de Policía y Buen Gobierno.
57 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Sección 4. Eliminación de residuos sólidos urbanos.
Artículo 182. Tendrán la consideración de residuos sólidos urbanos:
Los desperdicios de la alimentación y del consumo humano.
Los envoltorios y papeles procedentes de los establecimientos industriales y comerciales,
cuando puedan ser recogidos en un recipiente de tamaño normal.
Las cenizas y restos de la calefacción individual.
El producto del barrido de las aceras.
El escombro procedente de pequeñas reparaciones o el producto de la poda de plantas,
siempre que tales residuos no excedan de un volumen equivalente a 30 litros.
Se consideran basuras no domiciliarias:
Los residuos o cenizas industriales de fábricas, talleres y almacenes, y las cenizas procedentes
de calefacciones centrales.
Las tierras de desmonte y los escombros o desechos de obras no comprendidas en el apartado
e) precedente.
Los desperdicios de Mataderos, Mercados, Laboratorios, y demás establecimientos similares.
El estiércol de cuadras, establos y corrales.
Los animales muertos.
Los productos decomisados.
Los restos de mobiliario, jardinería y poda de árboles, salvo lo dispuesto en el apartado
anterior.
El Servicio municipal de recogida domiciliaria de residuos sólidos no estará obligado a
transportar la basura no domiciliaria. No obstante ello, la Alcaldía podrá acordar la prestación
de servicios especiales de recogida de tales residuos previa solicitud de los interesados y con
cargo a los mismos.
Artículo 183. Igualmente, la Alcaldía podrá disponer la selección previa por parte de los
usuarios del servicio de RRSU de determinado tipo de residuos sólidos y su depósito en
CVE:
BOP-2024-5574
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 31 de octubre de 2024
N.º 0212
Pág. 23464
Artículo 182. Tendrán la consideración de residuos sólidos urbanos:
Los desperdicios de la alimentación y del consumo humano.
Los envoltorios y papeles procedentes de los establecimientos industriales y comerciales,
cuando puedan ser recogidos en un recipiente de tamaño normal.
Las cenizas y restos de la calefacción individual.
El producto del barrido de las aceras.
El escombro procedente de pequeñas reparaciones o el producto de la poda de plantas,
siempre que tales residuos no excedan de un volumen equivalente a 30 litros.
Se consideran basuras no domiciliarias:
Los residuos o cenizas industriales de fábricas, talleres y almacenes, y las cenizas procedentes
de calefacciones centrales.
Las tierras de desmonte y los escombros o desechos de obras no comprendidas en el apartado
e) precedente.
Los desperdicios de Mataderos, Mercados, Laboratorios, y demás establecimientos similares.
El estiércol de cuadras, establos y corrales.
Los animales muertos.
Los productos decomisados.
Los restos de mobiliario, jardinería y poda de árboles, salvo lo dispuesto en el apartado
anterior.
El Servicio municipal de recogida domiciliaria de residuos sólidos no estará obligado a
transportar la basura no domiciliaria. No obstante ello, la Alcaldía podrá acordar la prestación
de servicios especiales de recogida de tales residuos previa solicitud de los interesados y con
cargo a los mismos.
Artículo 183. Igualmente, la Alcaldía podrá disponer la selección previa por parte de los
usuarios del servicio de RRSU de determinado tipo de residuos sólidos y su depósito en
CVE:
BOP-2024-5574
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Jueves, 31 de octubre de 2024
N.º 0212
Pág. 23464