Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de la Luz. (BOP-2024-5533)
BOP-2024-5533 Aprobación definitiva del Programa de Gestión de Colonias Felinas.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
• Cada coordinador/a estará al cargo de un número concreto de
colonias.
• Cada coordinador/a mediará entre los/as voluntarios/as y el
Ayuntamiento para transmitir quejas o problemas que no tengan
competencia de resolver.
• Los/as coordinadores/as se encargarán de controlar que los/as
cui- dadores/as/alimentadores/as actúen según se expone en este
protocolo.
• Los/as coordinadores/as gestionarán que los animales sean
trasladados de las colonias a los centros veterinarios colaboradores
en cada momento y posteriormente se asegurarán de que los anima-
les sean devueltos a su colonia de origen o sean puestos en adopción,
si se trata de animales domésticos. De esta forma llevarán un control
de migraciones y esterilizaciones en todo momento.
• Los/as coordinadores/as deberán llevar un registro actualizado
de la población de gatos urbanos de las colonias del Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz.
4.5 Capturadores/as.
a) De la captura de los gatos de las colonias se encargarán
voluntarios/as/capturadores/as, integrados en los equipos que
se constituyan.
b) A tal efecto, cualquier ciudadano/a que quiera participar en el
programa como capturador/a deberá formular su petición
dirigida a la Concejalía competente, según el formulario que
figura como ANEXO V al presente. La Concejalía competente
determinará la constitución de los equipos de captura que
procedan, teniendo en cuenta en lo posible las preferencias
expresadas por los/as voluntarios/as.
c) A los/as voluntarios/as capturadores/as se les encomendará
las siguientes tareas con las que deberán comprometerse y
cumplir.
- Asistir a cursos de formación y reciclaje impartidos desde la
Concejalía competente.
- Usar la acreditación homologada por el Ayuntamiento de Arroyo
de la Luz durante el desarrollo de su labor (chaleco y/o carnet).
- Los/as capturadores/as deberán estar en posesión de uno o
varios vehículos para el transporte de animales capturados.
Cód.
Validación:
6CFF4TKFAZPW2HQDJ3392D974
Verificación:
https://arroyodelaluz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
14
de
34
CVE:
BOP-2024-5533
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de octubre de 2024
N.º 0211
Pág. 23276
colonias.
• Cada coordinador/a mediará entre los/as voluntarios/as y el
Ayuntamiento para transmitir quejas o problemas que no tengan
competencia de resolver.
• Los/as coordinadores/as se encargarán de controlar que los/as
cui- dadores/as/alimentadores/as actúen según se expone en este
protocolo.
• Los/as coordinadores/as gestionarán que los animales sean
trasladados de las colonias a los centros veterinarios colaboradores
en cada momento y posteriormente se asegurarán de que los anima-
les sean devueltos a su colonia de origen o sean puestos en adopción,
si se trata de animales domésticos. De esta forma llevarán un control
de migraciones y esterilizaciones en todo momento.
• Los/as coordinadores/as deberán llevar un registro actualizado
de la población de gatos urbanos de las colonias del Ayuntamiento de
Arroyo de la Luz.
4.5 Capturadores/as.
a) De la captura de los gatos de las colonias se encargarán
voluntarios/as/capturadores/as, integrados en los equipos que
se constituyan.
b) A tal efecto, cualquier ciudadano/a que quiera participar en el
programa como capturador/a deberá formular su petición
dirigida a la Concejalía competente, según el formulario que
figura como ANEXO V al presente. La Concejalía competente
determinará la constitución de los equipos de captura que
procedan, teniendo en cuenta en lo posible las preferencias
expresadas por los/as voluntarios/as.
c) A los/as voluntarios/as capturadores/as se les encomendará
las siguientes tareas con las que deberán comprometerse y
cumplir.
- Asistir a cursos de formación y reciclaje impartidos desde la
Concejalía competente.
- Usar la acreditación homologada por el Ayuntamiento de Arroyo
de la Luz durante el desarrollo de su labor (chaleco y/o carnet).
- Los/as capturadores/as deberán estar en posesión de uno o
varios vehículos para el transporte de animales capturados.
Cód.
Validación:
6CFF4TKFAZPW2HQDJ3392D974
Verificación:
https://arroyodelaluz.sedelectronica.es/
Documento
firmado
electrónicamente
desde
la
plataforma
esPublico
Gestiona
|
Página
14
de
34
CVE:
BOP-2024-5533
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Miércoles, 30 de octubre de 2024
N.º 0211
Pág. 23276