Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Romangordo. (BOP-2024-5525)
BOP-2024-5525 Convocatoria plaza de Cocinero/a interino/a. Residencia de Mayores.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO (CÁCERES)
C. I. F. P-1016300-D Plaza de España, 1. 10.359–Tfn.927576581-Fax 927576525- romangordo@campoaranuelo.org
Asimismo se someterá a los aspirantes a una prueba teórico –práctica sobre las distintas
tareas a desarrollar y relacionada con el programa que figura en el ANEXO III, valorándose
hasta un máximo de 5 puntos.
La no presentación de un /a aspirante a la realización de cualquiera de los ejercicios,
determinará automáticamente, el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando
excluido /a en consecuencia del procedimiento selectivo, sin puntuar.
Esta fase tendrá carácter eliminatorio, pasando sólo a la fase de Concurso, los /las
aspirantes que en esta primera fase superen los 15 puntos.
B) En una segunda fase, de Concurso, se computarán y valorarán los méritos que
acredite cada aspirante, de acuerdo con el siguiente BAREMO:
Méritos Puntos
1º.- Por estar en posesión del Título Oficial de Formación Profesional de Grado
Superior de Técnico en Cocina y Gastronomía expedido por la Administración Educativa
competente………………………..…………………..…………………………..….3 Puntos.
2º.- Por estar en posesión del Título Oficial de Formación Profesional de Grado Medio
de Técnico en Cocina y Gastronomía expedido por la Administración Educativa
competente………………..…………………………..……………….……………. 1,50 Puntos.
3º.- Por estar en posesión del Certificado de Profesionalidad en Cocina…. 0,75 Puntos
4º.- Por la realización de Cursos de Formación de carácter oficial que hayan sido
debidamente acreditados por el /la aspirante y en los que conste su duración, directamente
relacionados con el puesto de trabajo, hasta un máxmo de 3 Puntos
- De 41 a 60 horas………………. 0,20 puntos /Curso
- De 61 a 120 horas……….…….. 0,40 puntos /Curso
- De 121 a 300 horas………….… 0,75 puntos /Curso
- De mas de 301 horas………...… 1,50 puntos /Curso
Los cursos de 40 o menos de 40 horas no se puntuarán.
En aquellos supuestos en los que no figure el número de horas, no se valorarán. Si
figuraran los días, se valorará a razón de 4 horas/día.
Los cursos en los que no figuren horas pero incluyan créditos académicos (entendidos
como créditos ECTS) se valorarán en función de la siguiente equivalencia: 1 crédito = 25 horas
totales de trabajo del estudiante, incluidas las horas académicas con acompañamiento docente y
las demás horas que deba emplear en actividades independientes de estudio, prácticas,
preparación de exámenes u otras que sean necesarias para alcanzar las metas de aprendizaje.
Sólo se puntuarán aquellos cursos que tengan relación directa con el contenido de la
plaza a la que se aspira, impartidos por Centros, Organismos o Instituciones de carácter público,
o que se hubieran celebrado con la autorización expresa de los mismos, a criterio del Tribunal.
Quedan excluidos aquellos títulos o diplomas que hayan servido para tomar parte en el
Concurso –Oposición.
Cód.
Validación:
7G9LT7TE9D5XLFAPNFFX3HD6A
Verificación:
https://romangordo.sedelectronica.es/
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Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
Pág. 23180
C. I. F. P-1016300-D Plaza de España, 1. 10.359–Tfn.927576581-Fax 927576525- romangordo@campoaranuelo.org
Asimismo se someterá a los aspirantes a una prueba teórico –práctica sobre las distintas
tareas a desarrollar y relacionada con el programa que figura en el ANEXO III, valorándose
hasta un máximo de 5 puntos.
La no presentación de un /a aspirante a la realización de cualquiera de los ejercicios,
determinará automáticamente, el decaimiento de su derecho a participar en el mismo, quedando
excluido /a en consecuencia del procedimiento selectivo, sin puntuar.
Esta fase tendrá carácter eliminatorio, pasando sólo a la fase de Concurso, los /las
aspirantes que en esta primera fase superen los 15 puntos.
B) En una segunda fase, de Concurso, se computarán y valorarán los méritos que
acredite cada aspirante, de acuerdo con el siguiente BAREMO:
Méritos Puntos
1º.- Por estar en posesión del Título Oficial de Formación Profesional de Grado
Superior de Técnico en Cocina y Gastronomía expedido por la Administración Educativa
competente………………………..…………………..…………………………..….3 Puntos.
2º.- Por estar en posesión del Título Oficial de Formación Profesional de Grado Medio
de Técnico en Cocina y Gastronomía expedido por la Administración Educativa
competente………………..…………………………..……………….……………. 1,50 Puntos.
3º.- Por estar en posesión del Certificado de Profesionalidad en Cocina…. 0,75 Puntos
4º.- Por la realización de Cursos de Formación de carácter oficial que hayan sido
debidamente acreditados por el /la aspirante y en los que conste su duración, directamente
relacionados con el puesto de trabajo, hasta un máxmo de 3 Puntos
- De 41 a 60 horas………………. 0,20 puntos /Curso
- De 61 a 120 horas……….…….. 0,40 puntos /Curso
- De 121 a 300 horas………….… 0,75 puntos /Curso
- De mas de 301 horas………...… 1,50 puntos /Curso
Los cursos de 40 o menos de 40 horas no se puntuarán.
En aquellos supuestos en los que no figure el número de horas, no se valorarán. Si
figuraran los días, se valorará a razón de 4 horas/día.
Los cursos en los que no figuren horas pero incluyan créditos académicos (entendidos
como créditos ECTS) se valorarán en función de la siguiente equivalencia: 1 crédito = 25 horas
totales de trabajo del estudiante, incluidas las horas académicas con acompañamiento docente y
las demás horas que deba emplear en actividades independientes de estudio, prácticas,
preparación de exámenes u otras que sean necesarias para alcanzar las metas de aprendizaje.
Sólo se puntuarán aquellos cursos que tengan relación directa con el contenido de la
plaza a la que se aspira, impartidos por Centros, Organismos o Instituciones de carácter público,
o que se hubieran celebrado con la autorización expresa de los mismos, a criterio del Tribunal.
Quedan excluidos aquellos títulos o diplomas que hayan servido para tomar parte en el
Concurso –Oposición.
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