Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2024-5512)
BOP-2024-5512 Publicación del Convenio para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura y acuerdo de Pleno de Delegación.
23 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Segunda. - Ámbito de actuación territorial y material.
El ámbito de actuación territorial del presente Convenio de Colaboración se circunscribe al término
del municipio de Ceclavín, que disponga o pueda disponer, durante su vigencia, de plazas vacantes en
sus ofertas de empleo público de policías locales (Escala de Administración Especial, Subescala de
Servicios Especiales, Clase de Policía Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1) que deban cubrirse
conforme a lo dispuesto en el Título V de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías
Locales de Extremadura, así como en el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los
sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura,
así como el Tribunal Único.
Tercera. - Compromisos de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a través de la Consejería competente en materia de coordinación de
Policías Locales.
La Junta de Extremadura, a través de la Consejería competente en materia de coordinación de policía
Local, se compromete con el municipio que suscribe el presente convenio a aceptar la delegación de
las siguientes competencias municipales:
a) Elaboración, aprobación y publicación anual de las bases de cada convocatoria específica
unificada por oposición libre respecto de la suma total de plazas ofertadas por los municipios
adheridos, para el acceso al empleo de policías locales, de la escala básica, previstos en sus
ofertas de empleo público respectivas. Cada convocatoria específica unificada que realice la
Junta de Extremadura indicará e identificará cada una de las plazas convocadas que
corresponden a cada Municipio y se redactará de conformidad con las Bases Generales
aprobadas para este tipo de procesos que, a su vez, deberán desarrollar lo dispuesto en la Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, el Decreto
64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos
y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, y con
carácter supletorio por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 13/2015,
de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como el Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las convocatorias
específicas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en los boletines oficiales de
ambas provincias, además de un extracto de las mismas en el Boletín Oficial del Estado.
b) Realización de los trámites y aprobación de todos los actos materiales y jurídicos integrantes
del procedimiento selectivo indicado, conforme a las bases específicas de la convocatoria y
resto de normativa aplicables, entre los que se incluyen: publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de la convocatoria específica unificada y sus bases, recepción de solicitudes de
las personas aspirantes y gestión de las solicitudes de participación, así como de la
comprobación de la documentación acreditativa; cobro de tasas, que se corresponderán con
las establecidas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el mismo grupo de titulación, ingresándolas en su Hacienda Pública; resoluciones de
aprobación de listas de personas admitidas y excluidas, tanto provisionales, como definitivas y
CVE:
BOP-2024-5512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
Pág. 23129
El ámbito de actuación territorial del presente Convenio de Colaboración se circunscribe al término
del municipio de Ceclavín, que disponga o pueda disponer, durante su vigencia, de plazas vacantes en
sus ofertas de empleo público de policías locales (Escala de Administración Especial, Subescala de
Servicios Especiales, Clase de Policía Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1) que deban cubrirse
conforme a lo dispuesto en el Título V de la Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías
Locales de Extremadura, así como en el Decreto 64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los
sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura,
así como el Tribunal Único.
Tercera. - Compromisos de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a través de la Consejería competente en materia de coordinación de
Policías Locales.
La Junta de Extremadura, a través de la Consejería competente en materia de coordinación de policía
Local, se compromete con el municipio que suscribe el presente convenio a aceptar la delegación de
las siguientes competencias municipales:
a) Elaboración, aprobación y publicación anual de las bases de cada convocatoria específica
unificada por oposición libre respecto de la suma total de plazas ofertadas por los municipios
adheridos, para el acceso al empleo de policías locales, de la escala básica, previstos en sus
ofertas de empleo público respectivas. Cada convocatoria específica unificada que realice la
Junta de Extremadura indicará e identificará cada una de las plazas convocadas que
corresponden a cada Municipio y se redactará de conformidad con las Bases Generales
aprobadas para este tipo de procesos que, a su vez, deberán desarrollar lo dispuesto en la Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, el Decreto
64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos
y la movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, y con
carácter supletorio por el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 13/2015,
de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, así como el Decreto 201/1995, de 26 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las convocatorias
específicas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en los boletines oficiales de
ambas provincias, además de un extracto de las mismas en el Boletín Oficial del Estado.
b) Realización de los trámites y aprobación de todos los actos materiales y jurídicos integrantes
del procedimiento selectivo indicado, conforme a las bases específicas de la convocatoria y
resto de normativa aplicables, entre los que se incluyen: publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de la convocatoria específica unificada y sus bases, recepción de solicitudes de
las personas aspirantes y gestión de las solicitudes de participación, así como de la
comprobación de la documentación acreditativa; cobro de tasas, que se corresponderán con
las establecidas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el mismo grupo de titulación, ingresándolas en su Hacienda Pública; resoluciones de
aprobación de listas de personas admitidas y excluidas, tanto provisionales, como definitivas y
CVE:
BOP-2024-5512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
Pág. 23129