Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2024-5512)
BOP-2024-5512 Publicación del Convenio para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura y acuerdo de Pleno de Delegación.
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sobredimensionado respecto del número de plazas que a cada uno le corresponde convocar.
Séptimo.- Confluye, de este modo, el interés de las partes en hacer efectivo el mecanismo de
cooperación en materia de selección de personal para el acceso a los Cuerpos de Policía Local que
instrumente la delegación de competencias municipales en la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en los términos previstos en el Anexo I del CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL
POBLACIÓN Y TERRITORIO, Y LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE
EXTREMADURA POR EL QUE SE IMPLEMENTA LA FIGURA DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS
PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LA COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE
POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA.
Por ello, en virtud de cuanto antecede, y de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente,
reconociéndose ambas partes con capacidad legal suficiente, así como la representación con que
intervienen, convienen en firmar el presente Convenio, con arreglo a las siguientes,
C L Á U S U L A S
Primera. – Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto articular la colaboración entre la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a través de la Consejería competente en materia de coordinación de policía Local y el
Ayuntamiento de Ceclavín, mediante la delegación de la competencia, aprobada mediante acuerdo del
Pleno de 26 de septiembre de 2024 que se adjunta, para la selección del personal de su plantilla de
Policía Local, en los términos del artículo 46.3 Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías
Locales de Extremadura, a favor de dicha Administración Pública, que las ejercerá a través de la
Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil.
Dicha delegación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluye la
competencia para la aprobación de las bases generales del proceso selectivo de policías locales de la
Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local, Escala
Básica, Grupo C, Subgrupo C1 que deban cubrirse conforme a lo dispuesto en el Título V de la Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, así como en el Decreto
64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, que dedica su Título III
a la regulación del Tribunal Único y la acumulación en una única convocatoria anual realizada por la
Administración de la Comunidad Autonómica de Extremadura de todas las plazas ofertadas de los
diferentes municipios adheridos.
Mediante adendas a este convenio se podrá ampliar la delegación en la Consejería competente en
materia de coordinación de policías locales, para la realización del resto de los procesos selectivos de
las diferentes categorías de la policía local que, por su naturaleza, sean susceptibles de cobertura
mediante convocatoria unificada, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 64/2022, de 8 de
junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las
Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
CVE:
BOP-2024-5512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
Pág. 23128
Séptimo.- Confluye, de este modo, el interés de las partes en hacer efectivo el mecanismo de
cooperación en materia de selección de personal para el acceso a los Cuerpos de Policía Local que
instrumente la delegación de competencias municipales en la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en los términos previstos en el Anexo I del CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL
POBLACIÓN Y TERRITORIO, Y LA FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE
EXTREMADURA POR EL QUE SE IMPLEMENTA LA FIGURA DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS
PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LA COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE
POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA.
Por ello, en virtud de cuanto antecede, y de acuerdo con lo previsto en la legislación vigente,
reconociéndose ambas partes con capacidad legal suficiente, así como la representación con que
intervienen, convienen en firmar el presente Convenio, con arreglo a las siguientes,
C L Á U S U L A S
Primera. – Objeto.
El presente Convenio tiene por objeto articular la colaboración entre la Comunidad Autónoma de
Extremadura, a través de la Consejería competente en materia de coordinación de policía Local y el
Ayuntamiento de Ceclavín, mediante la delegación de la competencia, aprobada mediante acuerdo del
Pleno de 26 de septiembre de 2024 que se adjunta, para la selección del personal de su plantilla de
Policía Local, en los términos del artículo 46.3 Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías
Locales de Extremadura, a favor de dicha Administración Pública, que las ejercerá a través de la
Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil.
Dicha delegación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluye la
competencia para la aprobación de las bases generales del proceso selectivo de policías locales de la
Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local, Escala
Básica, Grupo C, Subgrupo C1 que deban cubrirse conforme a lo dispuesto en el Título V de la Ley
7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, así como en el Decreto
64/2022, de 8 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la
movilidad de las Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único, que dedica su Título III
a la regulación del Tribunal Único y la acumulación en una única convocatoria anual realizada por la
Administración de la Comunidad Autonómica de Extremadura de todas las plazas ofertadas de los
diferentes municipios adheridos.
Mediante adendas a este convenio se podrá ampliar la delegación en la Consejería competente en
materia de coordinación de policías locales, para la realización del resto de los procesos selectivos de
las diferentes categorías de la policía local que, por su naturaleza, sean susceptibles de cobertura
mediante convocatoria unificada, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 64/2022, de 8 de
junio, por el que se regulan los sistemas de selección, la provisión de puestos y la movilidad de las
Policías Locales de Extremadura, así como el Tribunal Único.
CVE:
BOP-2024-5512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
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