Sección I - Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ceclavín. (BOP-2024-5512)
BOP-2024-5512 Publicación del Convenio para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura y acuerdo de Pleno de Delegación.
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resolución de incidencias; notificaciones y publicaciones de los actos administrativos y
resoluciones relacionadas con el proceso selectivo en los tablones de anuncios y portal web
de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura; nombramiento de los componentes del
tribunal, así como de los asesores especialistas del mismo en el desarrollo de las pruebas
teóricas, físicas, psicotécnicas y médicas, así como su gestión; tramitación de la propuesta de
aprobados del tribunal para su nombramiento como personal funcionario en prácticas por
cada Ayuntamiento, de acuerdo a la puntuación y preferencia ordenada de las personas
solicitantes; apoyo al tribunal para la realización de las diferentes pruebas; tramitación y abono
de las dietas que le correspondan a las personas componentes del tribunal, asesoras y de
apoyo; las demás que resulten precisas y necesarias para el normal funcionamiento del proceso
selectivo, incluida la resolución de las reclamaciones y recursos administrativos que se
presenten, así como la remisión del expediente y defensa ante la jurisdicción contencioso-
administrativa, cuando sea interpuesto recurso ante esta.
Cuarta. - Compromisos del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento se compromete a:
a) Delegar en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante
acuerdo del Pleno que se adjunta al presente, las competencias descritas en el apartado
primero de la cláusula anterior para la selección, por oposición libre, del empleo de policía
local (Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía
Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1), conforme con las vacantes de su plantilla de
policía local que figuren en la Oferta de Empleo Público, ejercitándose dichas competencias
delegadas a través de la Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil. Tal
delegación debe incluir, en todo caso, la resolución de los recursos administrativos que puedan
interponerse contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de las competencias
delegadas y comprenderá únicamente las plazas de oposición libre objeto de cobertura a través
del proceso unificado.
b) Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia que corresponda el Acuerdo del Pleno aprobatorio
de dicha delegación, así como el presente Convenio tras su firma.
c) Aprobar su Oferta de Empleo Público anualmente y comunicar fehacientemente a la
Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil, en todo caso, como fecha
límite antes del fin del mes de enero de cada año, las plazas vacantes en el empleo de Policía
Local objeto de delegación, utilizando para ello el modelo de Anexo II aprobado en el
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,
DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO Y LA FEDERACIÓN DE
MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE EXTREMADURA POR EL QUE SE IMPLEMENTA LA
FIGURA DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LA
COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA.
La duración de la delegación de competencias se mantendrá, en todo caso, mientras se
desarrolle el proceso selectivo para el que se efectuó dicha comunicación estando vigente el
presente convenio. Si el Ayuntamiento, mediante acuerdo del Pleno, revoca dicha delegación,
deberá comunicarla fehacientemente a la Secretaría General de Interior, Emergencias y
CVE:
BOP-2024-5512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
Pág. 23130
resoluciones relacionadas con el proceso selectivo en los tablones de anuncios y portal web
de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura; nombramiento de los componentes del
tribunal, así como de los asesores especialistas del mismo en el desarrollo de las pruebas
teóricas, físicas, psicotécnicas y médicas, así como su gestión; tramitación de la propuesta de
aprobados del tribunal para su nombramiento como personal funcionario en prácticas por
cada Ayuntamiento, de acuerdo a la puntuación y preferencia ordenada de las personas
solicitantes; apoyo al tribunal para la realización de las diferentes pruebas; tramitación y abono
de las dietas que le correspondan a las personas componentes del tribunal, asesoras y de
apoyo; las demás que resulten precisas y necesarias para el normal funcionamiento del proceso
selectivo, incluida la resolución de las reclamaciones y recursos administrativos que se
presenten, así como la remisión del expediente y defensa ante la jurisdicción contencioso-
administrativa, cuando sea interpuesto recurso ante esta.
Cuarta. - Compromisos del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento se compromete a:
a) Delegar en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mediante
acuerdo del Pleno que se adjunta al presente, las competencias descritas en el apartado
primero de la cláusula anterior para la selección, por oposición libre, del empleo de policía
local (Escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía
Local, Escala Básica, Grupo C, Subgrupo C1), conforme con las vacantes de su plantilla de
policía local que figuren en la Oferta de Empleo Público, ejercitándose dichas competencias
delegadas a través de la Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil. Tal
delegación debe incluir, en todo caso, la resolución de los recursos administrativos que puedan
interponerse contra los actos administrativos dictados en el ejercicio de las competencias
delegadas y comprenderá únicamente las plazas de oposición libre objeto de cobertura a través
del proceso unificado.
b) Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia que corresponda el Acuerdo del Pleno aprobatorio
de dicha delegación, así como el presente Convenio tras su firma.
c) Aprobar su Oferta de Empleo Público anualmente y comunicar fehacientemente a la
Secretaria General de Interior, Emergencias y Protección Civil, en todo caso, como fecha
límite antes del fin del mes de enero de cada año, las plazas vacantes en el empleo de Policía
Local objeto de delegación, utilizando para ello el modelo de Anexo II aprobado en el
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,
DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO Y LA FEDERACIÓN DE
MUNICIPIOS Y PROVINCIAS DE EXTREMADURA POR EL QUE SE IMPLEMENTA LA
FIGURA DEL TRIBUNAL ÚNICO EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN PARA LA
COBERTURA DE PLAZAS EN LAS PLANTILLAS DE POLICÍA LOCAL DE EXTREMADURA.
La duración de la delegación de competencias se mantendrá, en todo caso, mientras se
desarrolle el proceso selectivo para el que se efectuó dicha comunicación estando vigente el
presente convenio. Si el Ayuntamiento, mediante acuerdo del Pleno, revoca dicha delegación,
deberá comunicarla fehacientemente a la Secretaría General de Interior, Emergencias y
CVE:
BOP-2024-5512
Verificable
en:
http://bop.dip-caceres.es
Martes, 29 de octubre de 2024
N.º 0210
Pág. 23130